jueves, 12 de julio de 2012

Pleno de 13 de diciembre


SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN CELEBRADA EN PRIMERA CONVOCATORIA EL DÍA 13-12-2005. 
En el Salón de actos del Centro de Servicios Sociales Comunitarios de Villanueva Mesía, a las diecinueve horas del día trece de noviembrre de dos mil cinco, se ha reunido el Ayuntamiento Pleno, bajo la presidencia del Sr. Alcalde, Don José Entrena Ávila, concurriendo los Sres. Concejales Doña Angelina Lourdes Ayllón Muñoz, Don Antonio José Arco Sánchez, Don Antonio Miguel Castro Maldonado, Don Juan Fuentes Gómez, Don Francisco Márquez Naranjo, Don José Antonio Verdejo Cobos y Doña Ana Isabel Rico Sánchez, asistidos por el Secretario de la Corporación, Don Rafael Martín Hoces, que da fe del acto, al objeto de celebrar sesión extraordinaria en primera convocatoria. 
Ha justificado su ausencia Doña Ángeles Gómez Gutiérrez. 
Declarada abierta la sesión por el Sr. Presidente y comprobada por el Secretario la existencia del quórum de asistencia necesario para que pueda ser iniciada, se procede a conocer de los siguientes asuntos incluidos en el orden del día de la convocatoria. 
ASUNTO 1º.- LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- Por la Presidencia se pregunta a los asistentes si tienen que formular alguna observación al acta de la sesión anterior, celebrada el día 28-10-2005, que se ha distribuido con la convocatoria de la presente. 
El Sr. Alcalde expone que advertido error en el asunto 5º.- BIENES: ENAJENACIÓN DEL INMUEBLE DE PROPIEDAD MUNICIPAL DE NATURALEZA "PATRIMONIAL O DE PROPIOS" SITO EN CALLE LOPE DE VEGA. NÚM. 10", concretamente en lo referente a la superficie del bien a enajenar, donde dice: Superficie: 1.235 m2 (construidos 769 m2), debe decir: 1.248,37 m2. (769 m2 construidos) según reciente medición topográfica de la Unidad de Asistencia Técnica del Área de Cooperación y Desarrollo de la Diputación de Granada. 
El Sr. Verdejo, cuando pregunta en el turno de Ruegos y Preguntas: 4ª.- Cuándo se va a iniciar la Escuela de Taller "Cerro Colarado", debe decir: 4ª.- Cuándo se va a iniciar el Taller de Empleo "Cerro Colarado". 
No formulándose ninguna más, el Sr. Presidente proclama aprobada por unanimidad el acta de la sesión citada, ordenando su trascripción al Libro de Actas según lo dispuesto por el artículo 110.2 del Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el R.O.F. 
ASUNTO 2º.- COMUNICACIONES DE ESCRITOS.- Se da cuenta de los siguientes escritos de interés recibidos a la fecha: 
Acuerdo de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, de fecha 11 de octubre de 2.005, por el que se aprueba el Plan "Mejor Escuela", en el que se incluye la ampliación y adecuación del CEIP Cardenal Cisneros, de Villanueva Mesía. 
ASUNTO 3º.- GRANADA EN RED. PROGRAMA CONCERTACIÓN DE LOS EJERCICIOS 2006 Y 2007.- Por el Sr. Alcalde se informa de la Resolución del Presidente de Diputación de Granada, de 2 de noviembre, dictada en desarrollo del "Convenio Marco Granada en Red: 2004-2007", al cual se encuentra adherido este Ayuntamiento, en la que se despliega el proceso de concertación para el bienio 2006-2007: el de cooperación local y desarrollo; el de bienestar y derechos de la ciudadanía y el correspondiente a los entes instrumentales de la Diputación (sociedades mercantiles locales y organismos autónomos locales). 
Acto seguido, da cuenta de cada una de las actuaciones que se proponen concertar para el bienio 2006/2007 en el Área de Cooperación Local y Desarrollo y en el Área de Bienestar y Derechos de la Ciudadanía, así como la relación de prioridades en cada Área. 
Abierto el turno de intervenciones se concede la palabra al portavoz del PSA, Sr. Verdejo Cobos, el cual manifesta su conformidad con las propuestas, a excepción de la inclusión del "Pabellón Cubierto", porque considera que no se atiende otras necesidades en las instalaciones deportivas existentes. Por otro lado, propone la conveniencia de incluir inversiones para la elimiación de barreras arquitectónicas en los espacios y edificios públicos, en armonía con lo acordado por la Junta de Gobierno Local el pasado día 14-11-2005, a raiz de la reivindicación planteada por vecinos afectados de alguna discapacidad física. 
El Sr. Alcalde le contesta que la conclusión de la obra del Pabellón Cubierto es una prioridad, por el convenio de colaboración suscrito con la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte y por el plazo de ejecución previsto. 
Con respecto a que no se contemplen inversiones para la eliminación de barreras arquitectónicas, le contesta porque no se prevé en el Programa de Concertación, si bien, ratifica el compromiso del Ayuntamiento manifestado en la sesión de la Junta de Gobierno Local de 14-11-2005. Comenta la realización de actuaciones en esta materia, tanto en espacios como en edificios públicos, y el interés de continuar en ello para satisfacer las demandas de este colectivo. Recuerda que Villanueva Mesía ha sido el primer municipio de la provincia en elaborar un estudio previo de movilidad, por lo que espera acogerse a las ayudas que convoque cualquier administración para esta finalidad, con independencia de los esfuerzos que pueda realizar el Ayuntamiento según sus disponibilidades presupuestarias. 
El Sr. Verdejo insiste en que se elabore un plan de actuación para mejorar la calidad de vida de estos vecinos. 
A la vista lo anterior, el Pleno de la Corporación, por siete votos a favor, cinco de los concejales del PSOE y dos del PSA, y una abstención, la del PP, ACUERDA: 
Primero.- Aprobar la relación de propuestas de "Actuaciones del Área de Cooperación Local y Desarrollo 2006/2007", de "Actuaciones del Área de Bienestar y Derechos de la Ciudadanía 2006/2007" y el correspondiente a los entes instrumentales de la Diputación (sociedades mercantiles locales y organismos autónomos locales), así como la relación de prioridades políticas en dichas Áreas, en la forma que consta en el expediente. 
Segundo.- Dar traslado de ello a la Diputación de Granada a los efectos procedentes. 
ASUNTO 4º.- SOLICITUD DE LA CONSEJERÍA DE EMPLEO LA PARTICIPACIÓN EN LOS PROGRAMAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL OCUPACIONAL DE 2006. 
El Ayuntamiento de Villanueva Mesía tiene la consideración de Centro de Colaborador de la Junta de Andalucía en materia de Formación Profesional Ocupacional en virtud de autorización de la Consejería de Trabajo e Industria. 
Al objeto de facilitar respuestas formativas adaptadas a las necesidades de los/as ciudadanos/as y, con ello, mejorar la conexión y adecuación entre dicha oferta formativa y las necesidades del mercado de trabajo en nuestra localidad, como facilitar la inserción laboral de los desempleados, etc..., aconseja participar en los programas de Formación Profesional Ocupacional de 2.006. 
En su virtud, el Pleno de la Corporación, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto 204/1997, de 3 de septiembre, por el que el establece los Programas de Formación Profesional Ocupacional de la Junta de Andalucía, y en ejercicio de las competencias que le confiere la Ley 7/1.985, de 2 de abril, por unanimidad, ACUERDA: 
Primero: Solicitar del Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo la concesión de una ayuda para que cubra los costes derivados del desarrollo de las acciones formativas relativas a las siguientes especialidades: 
- Informática de usuario. 
- Aplicaciones Informáticas de Gestión. 
- Iniciación a la red de internet. 
Segundo: Compromiso de cumplir las obligaciones establecidas en la normativa de aplicación, de convocatoria y de desarrollo, así como de impartir la integridad de los contenidos incluidos en los correspondientes Certificados de Profesionalidad o Programas Formativos. 
Tercero: Proponer las dependencias homologadas, como lugar de impartición de las clases teóricas y prácticas, respectivamente, las cuales reúnen las condiciones higiénicas, medioambientales, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad, así como autorizar su uso y ocupación para desarrollar los siguientes cursos: 
- Informática de usuario. 
- Aplicaciones Informáticas de Gestión. 
- Iniciación a la red de internet. 
Cuarto.- Facultar ampliamente al Sr. Alcalde para la efectividad de este acuerdo. 
ASUNTO 5º.- SOLICITUD DE LA CONSEJERÍA DE EMPLEO LA CONCESIÓN DE UNA SUBVENCIÓN PARA TALLER DE EMPLEO.- Por Resolución de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, de fecha 5 de septiembre de 2005, se concede, a este Ayuntamiento, una subvención de 428.865,56 euros para realización de un proyecto de TALLER DE EMPLEO denominado CERRO COLORADO para un total de de 24 alumnos/as trabajadores/as participantes, distribuidos en las especiales de ALBAÑILERÍA Y CARPINTERÍA, cuyo objeto básico de actuación es "LA REHABILITACIÓN DE LA "CASETA DEL GUARDA" PARA ACONDICONARLA COMO ALBERGUE MUNICIPAL. 
Dada la oportunidad y conveniencia de continuar con el taller de empleo en el "Cortijo del Guarda", para su adaptación para albergue rural , conforme al proyecto elaborado a tal fin. 
Vista la Orden de 8 de marzo de 2004 por la que se regula los programas de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo. 
En su virtud, el Pleno de la Corporación, por unanimidad de los ocho concejales presentes de los nueve que legalmente lo componen, ACUERDA: 
Primero.- Aprobar la memoria del Proyecto para la adaptación del "Cortijo del guarda" para albergue rural "Cerro Colorado, 2ª fase", cuyo presupuesto asciende a 468.852,46 euros. 
Segundo.- Solicitar de la Consejería de Empleo una ayuda económica de cuatrocientos treinta y siete mil ochocientos treinta y siete euros con veinte céntimos, (//438.837,20//€) para la realización del proyecto de Taller de Empleo Colorado II. 
Tercero.- Comprometerse a la financiación de aquella parte del coste del proyecto que no incentive el Servicio Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo. 
Cuarto.- Compromiso de aportar un plan de prevención de riesgos laborales, con objeto de eliminar o reducir los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, derivados de las condiciones de trabajo, antes de iniciar las actividades del proyecto. 
Quinto.- Compromiso de adaptación del puesto de trabajo a las necesidades que determinados alumnos-discapacitados puedan presentar para que puedan desempeñar adecuadamente su ocupación. 
Sexto.- Remitir el presente acuerdo al Excmo. Sr. Consejero de Empleo a los efectos oportunos. 
Séptimo.- Facultar ampliamente al Sr. Alcalde para efectividad de este acuerdo. 
ASUNTO 6º.- CONCESIÓN DE LICENCIAS URBANÍSTICAS.- Dada cuenta del expediente núm. 74/2005 102/2005, incoado para la ejecución de obra nueva, para su aprobación, si procede, por este Ayuntamiento Pleno. 
Vistos los artículos 1, 8 y 9 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales; 169, 171 y 172 de la Ley 7/2.002, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) (B.O.J.A. núm. 154, de 31-12-2.002); artículo 1 del Reglamento de Disciplina Urbanística, de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto por la Disposición Transitoria Novena de la LOUA; Decreto de delegación de atribuciones del Alcalde, cuya competencia le viene dada por los artículos 21.1 q) de la Ley 7/1.985, de 2 de abril; 24 e) del Real Decreto Legislativo 781/1.986, de 18 de abril; y 41 apartado 9 del R.O.F., aprobado por Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de noviembre; así como el artículo 42 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de lo dispuesto por el PGOU de Villanueva Mesía y las Ordenanzas Fiscales Reguladoras sobre el Impuesto sobre Construcción, Instalaciones y Obras y concesión de Licencias Urbanísticas. 
Vistos los informes técnico y jurídico expedidos por el Arquitecto Técnico Municipal y el Secretario-Interventor de la Corporación, respectivamente, que constan en cada expediente. 
El Pleno de la Corporación, actuando con facultades delgadas, por unanimidad, ACUERDA: 
Primero.- Conceder licencia urbanística a los siguientes solicitantes, en los domicilios que a continuación se indican:
Núm.
Exp.
Nombre y Apellidos
Tipo de obra
Domicilio/
Emplazamiento
Presupuesto
/€uros
74/2005
Ana María Moreno Ramírez
Construcción de vivienda y cochera
C/ Zurbarán, 5
34.387,00
102/2005
Francisco Rico Jiménez
Construcción de vivienda familiar y garaje
Menéndez Pelayo, 27
27.275,04
Segundo.- Aprobar las siguientes liquidaciones provisionales del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (2,40 % sobre el presupuesto), conforme a la Ordenanza Fiscal Reguladora y de la Tasa de concesión de Licencia Urbanística (0,10 % sobre el presupuesto), que deberá ingresarse en la Tesorería Municipal en los plazos fijados por el art. 62 de la Ley 58/2003, de17 de diciembre, General Tributaria (Las liquidaciones notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, han de pagarse desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Las liquidaciones notificadas entre los días 16 y último de cada mes, han de pagarse desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente). Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario sin haber satisfecho la deuda, se procederá al cobro por vía de apremio, con los recargos que correspondan del importe de la deuda, más los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Núm.
Exp.
Nombre y Apellidos
I.C.I.O./euros
2,40%
Tasa/euros
0,10 %
Total a ingresar/
/€uros
74/2005
Ana María Moreno Ramírez
825,29
34,39
859,68
102/2005
Francisco Rico Jiménez
654,60
27,28
681,88
Tercero.- Notificar, en legal forma, el presente acuerdo dándole traslado de los recursos pertinentes. 
ASUNTO 7º.- MOCIÓN DEL PSOE SOBE EL SECTOR DEL TABACO EN LA VEGA GRANADINA.- Se da cuenta de la Moción presentada por el Grupo Municipal Socialista en este Ayuntamiento, del siguiente tenor literal: 
"EL SECTOR DEL TABACO EN LA VEGA GRANADINA" EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: 
El sector del tabaco es pieza clave en la economía de treinta y dos municipios de la vega granadina, afectando a un total de 1.500 agricultores/as. 
Dicho sector se encuentra en una grave crisis que arrancó, con el cierre de la fábrica granadina de CETARSA llevada a cabo por el gobierno de la nación del PP en el año 2003, perjudicando claramente a los agricultores/as de Granada frente a otras zonas de producción del territorio español. 
En el año 2001, se constituyó en nuestra provincia la MESA EN DEFENSA DEL SECTOR DEL TABACO DE LA VEGA GRANADINA, encabezada por el Presidente socialista de la Diputación de Granada, y en la que participaron los alcaldes/as socialistas de los municipios afectados, parlamentarios/as socialistas en las diversas cámaras, las organizaciones agrarias, la Federación de Cooperativas FAECA Granada las agrupaciones de productores de tabaco SAT Tabacos Asociación y COUAGA y los representantes de los trabajadores en el Comité de Empresa de Cetarsa. 
En el año 2000 eran 2.500 agricultores los que cultivaban tabaco crudo en la vega granadina, por tanto en torno a 1.000 han abandonado el cultivo hasta el año 2003 por las acciones del gobierno del PP en la provincia de Granada, hecho que se frenó con el trabajo de la Mesa del Tabaco y de la Consejería de Agricultura. 
Entonces el PP de Granada y sus dirigentes no quisieron formar parte de la mesa, ni de las reivindicaciones del sector en Granada. 
Desde entonces y hasta ahora, muchos han sido los avatares por los cuales ha atravesado el sector, especialmente también la Reforma de la OCM del Tabaco y sus aplicaciones. Sin embargo, el Sr. Arias Cañete, entonces ministro de Agricultura, mostró escaso interés por la defensa de los intereses del sector tabaquero en la Unión Europea. 
Tanto el Ministerio de Agricultura como la Junta de Andalucía, a través del Consejero de Agricultura y Pesca, Isaías Pérez Saldaña, que se ha reunido con el sector, trabajan para atender las demandas de los tabaqueros y apoyan los compromisos de compra de la producción a través de CETARSA. 
La Junta de Andalucía defiende los intereses de los/as andaluces y de los granadinos y granadinas, pidiendo el desacople del 100% de las ayudas al sector del tabaco. 
Por todo lo expuesto anteriormente, el Grupo Municipal Socialista, propone al Pleno los siguientes 
ACUERDOS: 
Instar a la Consejería de Agricultura y Pesca para que conjuntamente con el Ministerio de Agricultura y Pesca se continúen defendiendo los intereses del sector del Tabaco de Granada, cuya demanda principal es: 
a. El desacople del 100% de las ayudas a la producción. 
b. Que se planteen nuevos proyectos de futuro para los agricultores/as de la Vega de Granada, en colaboración con sus organizaciones representativas y los ayuntamientos". 
En su virtud, el Pleno de la Corporación, tras deliberación, por siete votos a favor, cinco de los concejales del PSOE y dos del PSA, y una abstención, la del PP, aprueba íntegramente la precedente Moción en los términos transcritos. 
ASUNTO 8º.- RUEGOS Y PREGUNTAS.- Por la portavoz del PP, Srta. Rico Sánchez, se formula la siguiente pregunta: A qué se ha destinado la subvención de 3.000 euros concedida en 2005 por el Área de Bienestar y Derechos de la Ciudadanía de Diputación de Granada, por el Programa de Políticas de Igualdad. 
El Sr. Alcalde le contesta que esta pregunta se la podía responder como precisión la Concejal-delegada del Área de Cultura y Mujer, Sra. Gómez Gutiérrez, ausente, si bien le comenta que esta cantidad se ha destinado a las siguientes actividades de mujeres: charlas y películas sobre la violencia de genero; taller de informatica para mujeres; y talleres de artesanía. 
Por el portavoz del PSA, Sr. Verdejo Cobos, se formulan las siguientes preguntas: 
1.- Qué criterios se han tenido en cuenta para seleccionar los alumnos del Taller de Empleo "Cerro Colarado". 
EL Sr. Alcalde le contesta que la selección de los 24 alumnos (12 para el módulo de albañilería y 12 para el módulo de carpintería) se ha efectuado de la siguiente manera: Un Técnico del S.A.E. ha explicado previamente, a todos los candidatos convocados que han demandado la actividad o empleo, los requisitos mínimos exigles (tener 25 años, ser demandantes de empleo no ocupados…), los colectivos preferentes (usuarios de Andalucía Orienta, mujeres, demandantes de empleo de larga duración, demandantes de empleo en riesgo exclusión…), en definitiva, añade, requisitos, prioridades y criterios tasados por la normativa reguladora y sujetos a los criterios fijados por el S.A.E. Comenta que en esta sesión estuvo presente como miembro de la Comisión Mixta creada al efecto, y que, posteriormente, con la sola presencia del Técnico del S.A.E., en cuyo acto decidió no participar para evitar comentarios de parcialidad, se entrevistó a cada uno de los candidatos, seleccionándose así a los 24 alumnos que más puntuación han obtenido reuniendo los requisitos exigibles. 
2.- Si se puede avanzar un balance de gastos del proyecto de Rehabilitación del Pósito.- 
EL Sr. Alcalde le contesta que dicha obra se está ejecutando conforme al Proyecto Técnico redactado al efecto y aprobado en su día por la Corporación, pero prefiere responderle con más precisión en el próximo pleno cuando disponga de todos los antecedentes. 
3.- Que explique la presencia o responsabilidad del Concejal de Juventud y Servicios Sociales, Sr. Arco Sánchez, en el P.F.E.A. denominado del espárrago y que está gestionando la Diputación de Granada. 
El Sr. Alcalde le contesta que el Concejal no está como tal como encargado, sino como técnico (encargado-capataz) contratado por Diputación, precedida de la oferta de empleo ante la correspondiente oficina del S.AE. y seleccionado, entre los candidatos, conforme a los requisitos exigidos legalmente. 
A continuación, el Sr. Verdejo formula los siguientes ruegos: 
1.- Que se adecente adecuadamente el espacio público en el que se encuentra la grúa que está sirviendo a la obra del Pósito. 
El Sr. Alcalde le contesta que, cuando concluyan las obras, se adecenterá como todo espacio público, conforme a lo acorado con los vecinos. 
2.- La adopción de medidas para que aquellos vecinos que han invertido en informática e internet para beneficiarse de las ventajas de la banda ancha, se encuentran en zonas del pueblo sin cobertura. 
EL Concejal de Deportes y Nuevas Tecnologías, Sr. Castro Maladonado, le contesta que el Ayuntamiento es conocedor de dicha situación y que, al día de hoy, se está trabajando con dos posibles alternativas: la primera, con Iberbanda, con la que se está negociando que el repetidor que se precisa instalar lo financie integramente, al ser esta empresa la beneciafiaria económica de las conexiones que hagan los vecinos a través de este sistema; en caso contrario, sería a costa de los vecinos-beneficiarios y de la colaboración que pudiera realizar el Ayuntamiento. La segunda, a través de la conexión vía satélite, valorándose la oferta de Iberdrola la más ventajosa ya que el usuario sólo tendría que abonar 195 euros por la conexión. 
Añade que, si al final estas alternativas no se culminan, se seguirá estudiando otras soluciones y vías de financiación. 
El Sr. Alcalde añade que tanto el Ayuntamiento como otras Administraciones están realizando todo lo posible para que las nuevas tecnologías lleguen a todos los hogares y así lo tienen como objetivo. 
EL Concejal del PSA, Sr. Márquez Naranjo, tras exponer las dificultades y peligros para la circulación vial el estacionamiento de vehículos pesados en las inmediaciones de las calles Picasso, Acera y Plaza del Cristo, agravada por la presencia de contenedores, ruega al Sr. Alcalde la adopción de medidas. 
EL Sr. Alcalde le contesta que la solución no la vé, en principio, fácil, si se valora los espacios públicos de que se disponen para el estacionamiento de estos vehículos y las pretensiones de sus propietarios de ubicarlos en sitios contretos para estar vigilados; no obstante, añade, que pedirá a la Policía Local para que informe al respecto, al mismo tiempo que sugiere a los señores concejales que propongan soluciones cuando formulen este tipo de ruegos, aún siendo consciente de que él tiene la responsabilidad. 
Siendo los asuntos tratados el objeto de esta Sesión, por la Presidencia se levantó la misma a las veinte horas, de todo lo cual se extiende la presente acta, de lo que, como Secretario, Certifico.-
Villanueva Mesía, 16 de diciembre de 2005.-

VºBº
EL ALCALDE

Pleno de 28 de octubre

SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN CELEBRADA EN PRIMERA CONVOCATORIA EL DÍA 28-10-2005.
En el Salón de actos del Centro de Servicios Sociales Comunitarios de Villanueva Mesía, a las veinte horas del día veintiocho de octubre de dos mil cinco, se ha reunido el Ayuntamiento Pleno, bajo la presidencia del Sr. Alcalde, Don José Entrena Ávila, concurriendo los Sres. Concejales Don Antonio José Arco Sánchez, Don Antonio Miguel Castro Maldonado, Don Juan Fuentes Gómez, Doña Ángeles Gómez Gutiérrez, Don Francisco Márquez Naranjo, Don José Antonio Verdejo Cobos y Doña Ana Isabel Rico Sánchez, asistidos por el Secretario de la Corporación, Don Rafael Martín Hoces, que da fe del acto, al objeto de celebrar sesión ordinaria en primera convocatoria. 
Ha justificado su ausencia Doña Angelina Lourdes Ayllón Muñoz. 
Declarada abierta la sesión por el Sr. Presidente y comprobada por el Secretario la existencia del quórum de asistencia necesario para que pueda ser iniciada, se procede a conocer de los siguientes asuntos incluidos en el orden del día de la convocatoria. 
ASUNTO 1º.- LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- Por la Presidencia se pregunta a los asistentes si tienen que formular alguna observación al acta de la sesión anterior, celebrada el día 28-09-2005, que se ha distribuido con la convocatoria de la presente. 
No formulándose ninguna, el Sr. Presidente proclama aprobada por unanimidad el acta de la sesión citada, ordenando su trascripción al Libro de Actas según lo dispuesto por el artículo 110.2 del Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el R.O.F. 
ASUNTO 2º.- COMUNICACIONES DE ESCRITOS. 
Se da cuenta de los siguientes escritos de interés recibidos a la fecha: 
- Notificación de la Orden de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, de fecha 29 de septiembre de 2005, relativa a la concesión de una subvención de 3.301,85 euros, en materia de urbanismo comercial, al amparo de la Orden de 27 de febrero de 2.003, destinada a la “revitalización comercial de cascos urbanos: acondicionamiento y mejora de la calle Cardenal Cisneros”, con un presupuesto de actuación de 6.603,70 euros. 
ASUNTO 3º.- HACIENDA: MODIFICACIONES DE ORDENANZAS FISCALES PARA 2006.
Se somete a la consideración del Pleno de la Corporación el expediente tramitado en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), referente a la Modificación de las Ordenanzas Fiscales propuestas para 2.006, en el que consta: Moción del Sr. Alcalde, Texto de las Ordenanzas a modificar, Informe del Secretario-Interventor, y dictamen favorable de la Comisión Especial de Cuentas. 
Acto seguido, el Sr. Alcalde argumenta la modificación propuesta y tras exponer la conveniencia y necesidad de que, por un lado, los servicios se autofinancien, y de otro, de que se recauden más ingresos para atender las exigencias de los ciudadanos y financiar las inversiones. 
En su virtud, el Pleno de la Corporación , en votación ordinaria, y por siete votos a favor, cinco de los concejales del PSOE y dos del PSA y uno en contra, la del PP, acuerda: 
Primero. - Aprobar, provisionalmente, la modificación de las siguientes Ordenanzas Fiscales, en la forma que consta en el expediente: 
Impuestos: 
Ordenanza núm. 3.- Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. 
Artículo 6º.- Base imponible, cuota tributaria y devengo. 
3.- El tipo de gravamen será del 2,80 por 100. 
Tasas: 
- Ordenanza núm. 5.- Reguladora de la Tasa por Licencias Urbanísticas. 
Artículo 6º.- Cuota tributaria. 
a) El 0,20 por 100, en el supuesto 1 a ) del artículo anterior. 
- Ordenanza núm. 8.- Reguladora de la Tasa por el Servicio de Cementerio. 
Artículo 3º.- 
2. La cuota tributaria se determinará por aplicación de la siguiente tarifa: 
3.- Por la concesión de nichos…………………….. 420,00 euros. 
- Ordenanza núm. 9.- Reguladora de la Tasa por el Servicio de Recogida Domiciliaria de Basuras o Residuos Sólidos Urbanos.- 
Artículo 3º.- 
2. La cuota tributaria se determinará por aplicación de la siguiente tarifa: 
1.- Viviendas familiares:…………………… 16 euros, al trimestre. 
2.- Locales comerciales e industriales: …….. 24 euros, al trimestre. 
- Ordenanza núm. 10.- Reguladora de la Tasa por la prestación de los Servicios de Alcantarillado. 
Artículo 8.- 
2. La cuota tributaria por la prestación de los servicios de alcantarillado será la siguiente: 
TARIFA: 
1. Viviendas: Por alcantarillado, cada m3….. 3,50 euros, al trimestre. 2. Negocio: Por alcantarillado, cada m3….... 5,00 euros, al trimestre. 
- Ordenanza núm. 17.- Reguladora de la Tasa por el Servicio de Suministro y Acometida de Agua. 
Artículo 5º.- Cuota tributaria.- 
La cuota tributaria será la fijada en las tarifas con el apartado siguiente: 
CONCEPTO TARIFAS AUTORIZADAS IVA EXCLUIDO 
Suministros para usos domésticos 
- Cuota fija o de servicio: ……………….. 3,31 euros, al trimestre. 
- Cuota variable o de consumo: 
- Hasta 24 m3 ./trimestre: ………………………. 0,264446 €/m3. 
- Más de 24 m3 . hasta 150 m3/trimestre: ….…… 0,350390 €/m3. 
- Más de 150m3/trimestre, en adelante: …..…….. 0,595002 €/m3. 
Segundo. - Dar al expediente la tramitación y la publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia , por un plazo de TREINTA DÍAS HÁBILES, dentro de los cuales los interesados legítimos a los que hace mención el artículo 18 del TRLRHL, puedan examinarlos y plantear las soluciones que estimen oportunas. 
Tercero. - En el caso de que no se presenten reclamaciones al expediente en el plazo anteriormente indicado, se entenderá definitivamente adoptado, hasta entonces provisional, en base al artículo 17.3 del TRLRHL. 
Cuarto.- Facultar al Sr. Alcalde, tan ampliamente como en derecho se requiera, para adoptar cuantas decisiones requieran el mejor desarrollo del presente acuerdo. 
ASUNTO 4º.- BIENES. RECTIFICACIÓN INVENTARIO DE BIENES Y DERECHOS DE LA CORPORACIÓN. 
Bajo el núm. de orden 14 del Libro Inventario de Bienes y Derechos de este Ayuntamiento, se encuentra inventariada la finca denominada “Recinto municipal con fachada a la calle Lope de Vega, núm. 10” , formada por la agrupación de dos solares, con la siguiente inscripción registral: Registro de la Propiedad de Loja: Solar del Grupo Escolar y tres casas para maestros: Tomo 180, Libro 6, Folio 74, Finca 924, inscripción 2ª y solar de Escuelas Nacionales y casa vivienda para maestros: Tomo 152, Libro 5, Folio 54, Finca 765, inscripción 1ª; siendo su n aturaleza jurídica: De dominio público afectado al servicio público. 
El Plan General de Ordenación Urbanística de Villanueva Mesía, aprobado definitivamente por la Comisión provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Granada el pasado día 04 de octubre de 2.005, excluye este bien como de equipamiento docente calificándolo como urbano residencial. 
Los artículos 81. 2 a ) de Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL); 8. 4 a ) del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales; y 5 2 a ) de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, regulan la alteración de la calificación jurídica de los bienes de las Entidades Locales, señalando que ésta se produce automáticamente con “la aprobación definitiva de los planes de ordenación”, de ahí que no se necesite tramitar un expediente adicional, pues la alteración está implícita en una tramitación más amplia, la del expediente del aprobación del Planeamiento General de Ordenación Urbana, en el que se han dado cuplimiento a las exigencias de quórum y competencia previstas en los artículos 22.2 l ) y 47. 3 n) de la LRBRL , como exige el apartado ll) de este mismo precepto, y así consta. 
En su virtud, el Pleno de la Corporación , por cinco votos a favor, los de los concejales del PSOE, y tres abstenciones, las dos de los concejales del PSA y una del PP, acuerda: 
Primero .- Aprobar la rectificación del Libro Inventario de Bienes y de Derechos de la Corporación en la forma siguiente: 
• Núm. de orden: 14.- 
- Denominación del bien: Recinto municipal con fachada a la calle Lope de Vega, núm. 10, de una extensión superficial de: 1.235 m2 (construidos 769 m2 ). 
- Linderos: Por su frente, con dicha calle; entrando, por la derecha, con solar propiedad de Herederos de Manuel Fernández Carvajal; por la izquierda, con calles Lope de Vega y Pablo Picaso; por el fondo, con traseras de vivienda de María Novo Cuevas. 
- Nueva naturaleza jurídica : Patrimonial o de Propios. 
- Inscripción registral: Registro de la Propiedad de Loja: Solar del Grupo Escolar y tres casas para maestros: Tomo 180, Libro 6, Folio 74, Finca 924, inscripción 2ª y solar de Escuelas Nacionales y casa vivienda para maestros: Tomo 152, Libro 5, Folio 54, Finca 765, inscripción 1ª . 
- Otros datos: su naturaleza jurídica, en principio de dominio público, servicio público, se ha alterado automáticamente con ocasión de la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Urbanística de Villanueva Mesía, por acuerdo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Granada, de fecha 04 de octubre de 2.005.- 
Segundo.- Dar traslado de este acuerdo a Secretaría a los efectos procedentes. 
ASUNTO 5º.- BIENES: ENAJENACIÓN DEL INMUEBLE DE PROPIEDAD MUNICIPAL DE NATURALEZA “PATRIMONIAL O DE PROPIOS” SITO EN CALLE LOPE DE VEGA. NÚM. 10” .-Se da cuenta del expediente tramitado para enajenar el siguiente inmueble de propiedad municipal: 
Núm. de orden: 1 : Recinto Municipal con fachada a la calle Lope de Vega, 10 
Formado por la agrupación de dos solares que presentan las siguientes características: 
Naturaleza del inmueble: Urbano. Situación: calle Lope de Vega, núm. 10 Superficie: 1.235 m2 (construidos 769 m2 ). Linderos: Por su frente, con dicha calle; entrando, por la derecha, con solar propiedad de Herederos de Manuel Fernández Carvajal; por la izquierda, con calles Lope de Vega y Pablo Picaso; por el fondo, con traseras de vivienda de María Novo Cuevas. Naturaleza jurídica: patrimonial o de propios ( alterada automáticamente su calificación con ocasión de la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Urbanística de Villanueva Mesía, por acuerdo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Granada, de fecha 04 de octubre de 2.005): Título en virtud del cual se atribuye la propiedad a la Entidad Local : Adquirido, el solar del Grupo Escolar y tres casas para maestros, mediante escritura de compraventa a D. Enrique Rodríguez Rodríguez, otorgada en el notario D. Enrique Sanchís Sanchís, y el solar de Escuelas Nacionales y casa vivienda para maestros, por cesión de D. Enrique Rodríguez Rodríguez. Destino: ninguno. Derechos reales constituidos a su favor: ninguno. Fecha de adquisición: Se desconoce. Signatura de inscripción en el Registro de la Propiedad de Loja: Solar del Grupo Escolar y tres casas para maestros: Tomo 180, Libro 6, Folio 74, Finca 924, inscripción 2ª y solar de Escuelas Nacionales y casa vivienda para maestros: Tomo 152, Libro 5, Folio 54, Finca 765, inscripción 1ª. 
Tras justificar el Sr. Alcalde que dicha enajenación tiene como finalidad destinar los fondos obtenidos a la financiación de la obra “Pabellón Cubierto” del Programa de Inversiones del Presupuesto municipal de 2.005 y que en el expediente se acreditan todas la antecedentes legales para aprobar el expediente de contratación, concede la palabra al portavoz del PSA, Sr. Verdejo Cobos, el cual se ratifica íntegramente en lo manifestado en el pleno pasado del día 27-07-2005, asunto 7º, de esta misma literalidad, al que se remite, dándose por reproducidos sus argumentos. 
El Sr. Alcalde, igualmente, se remite a su contestación, dándose por reproducidos todos los extremos de su intervención. 
A la vista de ello y teniendo en cuenta 
Que según se desprende de dicho expediente, el bien a enajenar ostentan la naturaleza jurídica de bien patrimonial o de propios de la Corporación ; está libres de cargas y gravámenes; y está inscrita en el Registro de la Propiedad de Loja. 
Que el Arquitecto Técnico Municipal, a requerimiento de esta Alcaldía emite informe de valoración técnica del bien a enajenar que acredita de modo fehaciente su justiprecio.
Que los recursos ordinarios del vigente presupuesto general municipal para 2005 referidos a los capítulos I al V, deducidos los ingresos por contribuciones especiales, ascienden a 896.432,57 euros. 
Que es de la competencia del Pleno de la Corporación la adopción del acuerdo de enajenación a que se contrae este expediente, exigiéndose el quórum de la mayoría absoluta, de conformidad con los artº 22. 2 o) y 47. 2 m ) de la Ley 7/1.985, de 2 de Abril, dado que la enajenación, aún estando prevista en el Presupuesto, su cuantía supera el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto vigente, según el informe de tasación, y excede del 20 por 100 de los mismos. 
Visto el informe del Secretario-Interventor de la Corporación , el cual consta en el expediente, las disposiciones precedentes, así como los artículos 76, 79 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/1.986, de 18 de Abril;; 109, 112. y 118 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1.372/1.986, de 13 de Junio; 16 y 20 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía; Decreto 425/2000, de 7 de noviembre, por el que se determinan los órganos competentes de la Consejería de Gobernación en materia de tráfico jurídico de bienes de las Entidades Locales; 1, 5-1.3), 9, 67, 74, 82 y Disposición Final Primera del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; 2. 1 a ), 3 y 5 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y demás disposiciones de aplicación, así como el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. 
El Pleno de la Corporación , en votación ordinaria, por cinco votos a favor, los de los Concejales del PSOE, por dos en contra, los del PSA, y una abstención, la del PP, y, por tanto, mayoría absoluta, ACUERDA: 
Primero.- Enajenar, por procedimiento abierto y mediante subasta, el siguiente bien de titularidad municipal: 
Núm. de orden: 1 : Recinto Municipal con fachada a la calle Lope de Vega, 10 
Naturaleza del inmueble: Urbano. Situación: calle Lope de Vega, núm. 10 Superficie: 1.235 m2 (construidos 769 m2 ). 
Segundo.- Solicitar autorización previa de la Consejería de Gobernación, de conformidad con lo previsto en los artº 109 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales; 16, 1 c) segundo párrafo de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre y 1.1 del Decreto 425/2000, de 7 de noviembre. 
Tercero.- Declarar de tramitación ordinaria el expediente de contratación. 
Cuarto.- Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que habrá de regir en esta contratación. 
Quinto .- Exponer al público dichos pliegos, previa inserción de edictos en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de anuncios durante OCHO DÍAS HÁBILES para reclamaciones, y, conjuntamente, que se publique anuncio de licitación en la forma y plazos que señala el T.R.L.C.A.P. 
Sexto.- Que los fondos que se obtengan de esta enajenación se destinen a financiar la obra denominada “Pabellón Cubierto” del programa de inversiones de este Ayuntamiento para el ejercicio de 2005 
Séptimo.- Facultar al Sr. Alcalde, tan ampliamente como en derecho se requiera, para que, en nombre y representación de este Ayuntamiento, realice cuantas gestiones sean necesarias para la efectividad de este acuerdo, otorgue la pertinente escritura pública y demás formalizaciones que se necesitasen. 
ASUNTO 6º.- BIENES: ADJUDICACIÓN DEFINITIVA ARRENDAMIENTO MATADERO MUNICIPAL.- Visto el estado procedimental en que se encuentra el expediente de contratación tramitado para adjudicar el arrendamiento del Matadero Municipal, mediante procedimiento abierto y a través de concurso público. 
RESULTANDO: Que, durante el plazo hábil abierto a tal fin, se presentaron las siguientes proposiciones: 
• D. Francisco Núñez Revelles, en representación de la sociedad a constituir. 
• Cárnicas Artesanas de Mexía, S.L.L. 
RESULTANDO: Que, por la Mesa de Contratación, se propone la adjudicación del contrato a Cárnicas Artesanas de Mexía, S.L.L. como autora de la proposición nº DOS, que resulta la más ventajosa, económica y conjunta para la Corporación. 
CONSIDERANDO: Que este Ayuntamiento Pleno es el órgano competente para esta adjudicación, de conformidad con el art. 22. 2 n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. 
Vistos los arts. 85 al 90 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, así como el Real Decreto 1.372/86, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales; Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía 
EL Pleno de la Corporación , por unanimidad de los ocho concejales presentes de los nueve que legalmente, lo componen, acuerda: 
Primero. Declarar válido el acto de licitación. 
Segundo . Adjudicar el concurso convocado para el arrendamiento del Matadero Municipal a Cárnicas Artesanas de Mexía, S.L.L, como autor de la proposición más ventajosa para la Corporación , en la cantidad de 1.321 euros/mensuales, IVA excluido. 
Tercero . Devolver las garantías provisionales a todos los licitadores excepto al adjudicatario, que deberá ser requerido para la constitución de la garantía definitiva dentro de los 15 días siguientes a la notificación del presente acuerdo. 
Cuarto . Facultar a los Sres. Presidente y Secretario, en la amplitud precisa, para la firma del oportuno contrato administrativo y/o público. 
ASUNTO 7º.- PROGRAMA DE FOMENTO DE EMPLEO AGRARIO 2005. ASIGNACIÓN EXTRAORDINARIA. SOLICITUD DE INCLUSIÓN DE OBRA.- Se da cuenta de la comunicación del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) sobre los créditos disponibles a favor de las Corporaciones Locales, cofinanciados conjuntamente con la Consejería de Empleo, para paliar los efectos de las inclemencias meteorológicas, destinados a la formalización de Convenios contra el paro (Asignación Extraordinaria 2005), a fin de subvencionar la contratación de trabajadores desempleados y que están afectados al Programa de Fomento de Empleo Agrario. 
Vista y examinada la Memoria-Presupuesto de la obra a incluir en dicho Convenio, elaborada por la Unidad de Asistencia Técnica a Municipios de la Diputación de Granada, cuyo presupuesto total asciende a 44.724,23 euros, así como la Orden Ministerial de 26-10-1.998, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones por el INEM en el ámbito de colaboración con las Corporaciones Locales, para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social (B.O.E. nº 279, de 21-11-1.998); Resolución de 30-03-1.999, del INEM, que la desarrolla (B.O.E. nº 88, de 13-04-1.999); Orden de 4 de julio de 2.002, sobre cofinanciación de proyectos de interés social y la Orden de 21 de octubre de 2.005 de la Consejería de Empleo (B.O.J.A. nº 211, de 28-10-2.005). 
La Corporación en Pleno, por unanimidad de los ocho concejales presentes de los nueve que legalmente la componen, acuerda: 
Primero. - Aprobar el proyecto redactado por la Unidad de Asistencia Técnica a Municipios de la Diputación de Granada, así como su realización por administración directa, dado el fin de estos fondos de combatir el desempleo. La Memoria , que queda afectada al Programa de Fomento de Empleo Agrario, es la siguiente:
OBRAS
PRESUPUESTO/€
Nivelación y capa de zahorra Camino “Cortijo Enmedio”:
44.724,23 euros
Segundo.- Acogerse a los beneficios establecidos en la Orden Ministerial de fecha 26-10-1.998 y solicitar del Sr. Director Provincial del SPEE, que subvencione a fondo perdido los Costes Salariales y Cotizaciones empresariales a la Seguridad Social correspondiente a los trabajadores contratados, a saber:
OBRAS
PRESUPUESTO/€
Nivelación y capa de zahorra Camino “Cortijo Enmedio”:
21.570,50
Tercero .- Solicitar de la Dirección Provincial del SAE de la Consejería de Empleo, al amparo de la Orden de 21 de octubre de 2.005, que subvencione, a fondo perdido, el siguiente importe paras Costes Salariales y Cotizaciones empresariales a la Seguridad Social correspondiente a los trabajadores contratados, a saber:
OBRAS
PRESUPUESTO/€
Nivelación y capa de zahorra Camino “Cortijo Enmedio”:
12.942,30
Cuarto .- Solicitar de la Dirección Provincial del SAE de la Consejería de Empleo, al amparo de la Orden de 21 de octubre de 2.005, que subvencione, a fondo perdido, el 100 por 100 de los materiales a emplear en la ejecución de dichas obras, los cuales representan el 20 por 100 del proyecto y que asciende a:
OBRAS
PRESUPUESTO/€
Nivelación y capa de zahora Camino “Cortijo Enmedio”:
8.628,20
Quinto. - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 y 31 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se declaran como CRÉDITOS RETENIDOS, pendientes de utilizar, los contenidos en la partida 3.611.04 del Estado de Gastos del vigente Presupuesto General Municipal, por importe de 1.583,23 euros, quedando afectados al cumplimiento de la aportación municipal a la obra de referencia. 
ASUNTO 8º.- SOLICITUD DE SUBVENCIÓN DE LA CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA.- Dada cuenta de la Orden de la Consejería de la Presidencia , de fecha 3 de octubre de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones de la Consejería. 
Vista la documentación que obra en el expediente. 
El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los ocho concejales presentes de los nueve legalmente lo componen, acuerda: 
PRIMERO.- Acogerse a los beneficios de la Orden de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía, de 3 de octubre de 2.005, aceptando en todos sus términos el contenido y las estipulaciones de la misma. 
SEGUNDO.- Aprobar la memoria descriptiva de la inversión, consistente en “sustitución de acometidas en las red de abastecimiento domiciliario de agua potable de las calles Harina, Acera, Nueva, Río y Buenavista, respectivamente”, el plazo previsto para su ejecución y el presupuesto detallado de las acciones proyectadas, el cual asciende a 7.500 euros. 
TERCERO.- Solicitar de la Consejería de la Presidencia una subvención de SEIS MIL (//6.000,00//€) EUROS, que habrá de ser invertida, íntegramente, en dicha acción. 
CUARTO.- Asumir el compromiso de financiación del presupuesto que no se subvencione, con cargo a los propios fondos municipales, y de iniciar la inversión en el presente ejercicio. 
QUINTO.- Remitir el presente acuerdo, con la documentación que se exige, a la Consejería de la Presidencia , a los efectos oportunos. 
ASUNTO 9º.- SOLICITUD DE LA CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES LA “DECLARACIÓN DE MUNICIPIO DE REHABILITACIÓN AUTONÓMICA. PROGRAMA 2006”.- Por la Presidencia se da cuenta de la existencia, en nuestra Localidad, de un considerable número de viviendas de baja calidad en cuento a procedimientos constructivos y condiciones de habitabilidad, propiedad de niveles de renta baja, que está contribuyendo a su desalojo, de las clases más modestas, tanto en el Centro urbano como en la periferia, y, por consiguiente, un deterioro del núcleo de la población de un considerable valor patrimonial. 
En el ejercicio de las competencias exclusivas que la Comunidad Autónoma Andaluza tiene en materia de Viviendas y Urbanismo, y tras la ampliación de la vigencia del III Plan Andaluz de Vivienda y Suelo, mediante el Decreto 149/2003, de 10 de junio, la Consejería de Obras Públicas y Transportes formula el Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 2.003-2.007. Dicho Plan integra, entre otros, un conjunto de medidas de apoyo, denominado, Programa de Rehabilitación Autonómica, y que tiene por objeto la protección y financiación de las actuaciones de conservación y mejora en viviendas, y sus elementos comunes, ubicadas en inmuebles cuyo destino principal sea residencia habitual y permanente y se encuentra en localización urbana o rural, en Municipios declarados de Rehabilitación. 
Posteriormente, en el BOJA núm. 188, de 30-09-2003, se publica la Orden de 15 de septiembre de 2003 de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, sobre desarrollo y tramitación de las actuaciones en materia de rehabilitación de dicho Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 2003-2007, regulando en artículo 11 la Rehabilitación Autonómica. 
En su virtud, el Pleno de la Corporación , por unanimidad de los ocho Concejales presentes de los nueve que legalmente lo componen, ACUERDA: 
Primero. - Aprobar la Memoria justificativa de la necesidad de declaración del Municipio de Villanueva Mesía de Rehabilitación Autonómica, así como las zonas de posible actuación. 
Segundo .- Solicitar de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, la designación del Municipio de Villanueva Mesía de Rehabilitación y su inclusión en el Programa de Rehabilitación Autonómica para 2006. 
Tercero. - Asumir expresamente la gestión del programa y la comprobación de las condiciones y requisitos establecidos para los beneficiarios en el artículo 66 del Decreto 149/2003, de 10 de junio. 
Cuarto .- Facultar al Sr. Alcalde o en quien legalmente le sustituya, tan ampliamente como en derecho se requiera, para que, en nombre y representación de esta Corporación, realice cuantas gestiones sean necesarias para la efectividad de este acuerdo y firme cuantos documentos ello precisase. 
ASUNTO 10º.- PETICIÓN DEL AMPA “GENIL” DEL I.E.S. “AMÉRICO CASTRO” DE HUÉTOR TÁJAR.
Examinada la petición de la Asociación de Madres y Padres de Alumnos Genil, del I.E.S. “Américo Castro”, de Huétor Tájar, el Pleno de la Corporación , por unanimidad de los ocho concejales presentes de los nueve que legalmente lo compone, acuerda: 
Primero .- Adherirse a la reivindicación del AMPA “Genil” e instar a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía que se inicien los trámites necesarios para la ampliación de las enseñanzas impartidas en el I.E.S. “Américo Castro”, de Huétor Tájar, con la implantación de Ciclos Formativos y Planes de Garantía Social que responda a las características socioeconómicas de la comarca. 
Segundo.- Dar traslado de este acuerdo a dicha Asociación y a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, para su conocimiento y efectos. 
Tercero.- Facultar ampliamente al Sr. Alcalde para la efectividad de este acuerdo. 
ASUNTO 11º.- CONCESIÓN DE LICENCIAS URBANÍSTICAS.- Dada cuenta del expediente núm. 92/2005, incoado para la ejecución de obra nueva, para su aprobación, si procede, por este Ayuntamiento Pleno. 
Vistos los artículos 1, 8 y 9 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales; 169, 171 y 172 de la Ley 7/2.002, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) (B.O.J.A. núm. 154, de 31-12-2.002); artículo 1 del Reglamento de Disciplina Urbanística, de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto por la Disposición Transitoria Novena de la LOUA ; Decreto de delegación de atribuciones del Alcalde, cuya competencia le viene dada por los artículos 21.1 q) de la Ley 7/1.985, de 2 de abril; 24 e) del Real Decreto Legislativo 781/1.986, de 18 de abril; y 41 apartado 9 del R.O.F., aprobado por Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de noviembre; así como el artículo 42 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de lo dispuesto por las NN.SS. de Planeamiento de Villanueva Mesía y las Ordenanzas Fiscales Reguladoras sobre el Impuesto sobre Construcción, Instalaciones y Obras y concesión de Licencias Urbanísticas. 
Vistos los informes técnico y jurídico expedidos por el Arquitecto Técnico Municipal y el Secretario-Interventor de la Corporación , respectivamente, que constan en cada expediente. 
El Pleno de la Corporación , actuando con facultades delgadas, por unanimidad, ACUERDA: 
Primero.- Conceder licencia urbanística a los siguientes solicitantes, en los domicilios que a continuación se indican:
Núm.
Exp.
Nombre y Apellidos
Tipo de obra
Domicilio/
/Emplazamiento
Presupuesto
/€uros
92/2005
Fernando Ortuño Torres
Construcción de dos viviendas y local
Alonso Cano, núm. 4
105.000,00
Segundo.- Aprobar las siguientes liquidaciones provisionales del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (2,40 % sobre el presupuesto), conforme a la Ordenanza Fiscal Reguladora y de la Tasa de concesión de Licencia Urbanística (0,10 % sobre el presupuesto), que deberá ingresarse en la Tesorería Municipal en los plazos fijados por el art. 62 de la Ley 58/2003, de17 de diciembre, General Tributaria ( Las liquidaciones notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, han de pagarse desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Las liquidaciones notificadas entre los días 16 y último de cada mes, han de pagarse desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente). Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario sin haber satisfecho la deuda, se procederá al cobro por vía de apremio, con los recargos que correspondan del importe de la deuda, más los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Núm.
Exp.
Nombre y Apellidos
I.C.I.O./euros
2,40%
Tasa/euros
0,10 %
Total a ingresar/
/€uros
92/2005
Fernando Ortuño Torres
2.520,00
105,00
2.625,00
Tercero .- Notificar, en legal forma, el presente acuerdo dándole traslado de los recursos pertinentes. 
ASUNTO 12º.- RUEGOS Y PREGUNTAS. 
Po r la portavoz del PP, Srta. Rico Sánchez, se formulan las siguientes preguntas: 
1ª.- Cuántos niños de 0 a 1 años están matriculados en el CEIM Villanueva Mesía “Acuarela”, y si cabe la posibilidad de ampliar su número, en su caso. 
El Sr. Arco Sánchez, Concejal-Delegado de Servicios Sociales, le contesta que ocho, número máximo por aula, con lo que se ha conseguido que el CEIM pasa a ser centro completo. 
Que el aumento de alumnos está condicionado por la disponibilidad de espacio físico, del que ahora no tenemos. 
2ª.- Tras quejarse de que nunca le ha llegado a su domicilio las citaciones respectivas de la Mancomunidad “Ribera Baja del Genil” para poder asistir a las sesiones de los órganos en los que tiene participación, pregunta al Sr. Alcalde si puede darle una explicación. 
EL Sr.Alcalde le contesta que es un tema que a él no le compete, que debería dirigirse al Presidente de la Mancomunidad para que le aclarase lo ocurrido; no obstante, añade, que durante el período que fue Secretario de la misma, el de la Corporación , ha visto, en alguna ocasión, su citación, pero que no le puede contestar más al respecto. 
Por el portavoz del PSA, Sr. Verdejo Cobos, se formulan los siguientes ruegos: 
1ª Si puede dar una valoración de la actuación del Policía Local, a la fecha, en materia de tráfico. 
El Sr. Alcalde le contesta que todavía estamos en una fase de concienciación del conductor, al que se le está advirtiendo, mediante nota en el vehículo, de la infracción que está cometiendo, de lo que se está llevando un registro, para constatar y justificar, en caso de dos reincidencias, la incoación del correspondiente expediente sancionador. 
No obstante, añade, que mientras que el único Agente en plantilla está de servicio, los conductores suelen respetar la ordenación del tráfico, si bien, se está estudiando que el servicio se pueda prestar alguna tarde/noche e incluso en fines de semana. 
2ª.- Cuándo se pretende crear la segunda plaza de Policía Local. 
EL Sr. Alcalde le contesta que todavía no lo tiene claro el equipo de gobierno, si bien, en un principio, no se lo van a plantear hasta el próximo ejercicio económico cuando valoren los distintos proyectos de importancia que tienen previsto acometer. 
3ª.- Debido al deterioro en el asfalto de algunas calles, que se replantee, para lo que queda de legislatura, una actuación completa en aquellas calles que lo precise. 
El Sr. Alcalde le contesta que el equipo de gobierno lo tiene previsto para el presupuesto de 2006, en armonía con los informes que vienen dando tanto el servicio de obras como el Policía Local. 
4ª.- Cuándo se va a iniciar la Escuela de Taller “Cerro Colarado”. 
El Sr. Alcalde le contesta que tendrá lugar el 15 de diciembre próximo, una vez que sean seleccionados por la Comisión Mixta creada al efecto, los monitores, el/la auxiliar administrativo a jornada completa y un/a profersor/a de E.G.B a media jornada, y, por supuesto, los alumnos. 
Siendo los asuntos tratados el objeto de esta Sesión, por la Presidencia se levantó la misma a las veintiuna horas, de todo lo cual se extiende la presente acta, de lo que, como Secretario, Certifico.- 
Villanueva Mesía, 2 de noviembre de 2.005.- 

VºBº
EL ALCALDE

Pleno de 28 de septiembre

SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN CELEBRADA EN PRIMERA CONVOCATORIA EL DÍA 28-09-2005.
En el Salón de actos del Centro de Servicios Sociales Comunitarios de Villanueva Mesía, a las veinte horas del día veintiocho de septiembre de dos mil cinco, se ha reunido el Ayuntamiento Pleno, bajo la presidencia del Sr. Alcalde, Don José Entrena Ávila, concurriendo los Sres. Concejales Doña Angelina Lourdes Ayllón Muñoz, Don Antonio José Arco Sánchez, Don Antonio Miguel Castro Maldonado, Don Juan Fuentes Gómez, Doña Ángeles Gómez Gutiérrez, Don Francisco Márquez Naranjo, Don José Antonio Verdejo Cobos y Doña Ana Isabel Rico Sánchez, asistidos por el Secretario de la Corporación, Don Rafael Martín Hoces, que da fe del acto, al objeto de celebrar sesión extraordinaria en primera convocatoria. 
Declarada abierta la sesión por el Sr. Presidente y comprobada por el Secretario la existencia del quórum de asistencia necesario para que pueda ser iniciada, se procede a conocer de los siguientes asuntos incluidos en el orden del día de la convocatoria. 
ASUNTO 1º.- LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- Por la Presidencia se pregunta a los asistentes si tienen que formular alguna observación al acta de la sesión anterior, celebrada el día 27-07-2005, que se ha distribuido con la convocatoria de la presente. 
No formulándose ninguna, el Sr. Presidente proclama aprobada por unanimidad el acta de la sesión citada, ordenando su trascripción al Libro de Actas según lo dispuesto por el artículo 110.2 del Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el R.O.F. 
ASUNTO 2º.- COMUNICACIONES DE ESCRITOS.- Se da cuenta de los siguientes escritos de interés recibidos a la fecha: 
- Escrito del Director-Gerente de la Fundación Caja Granada, de fecha 01-08-2005, comunicando su colaboración en el equipamiento de un Parque Infantil en la localidad. 
- Resolución de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, de fecha 5 de septiembre de 2.005, se concede, a este Ayuntamiento, una subvención de 428.865,56 euros para realización de un proyecto de TALLER DE EMPLEO denominado CERRO COLORADO para un total de de 24 alumnos/as trabajadores/as participantes, distribuidos en las especiales de ALBAÑILERÍA Y CARPINTERÍA, cuyo objeto básico de actuación es "LA REHABILITACIÓN DE LA "CASETA DEL GUARDA" PARA ACONDICONARLA COMO ALBERGUE MUNICIPAL. 
-Escrito de la Agencia Provincial de Administración Tributaria de Diputación de Granada, comunicando la puesta en funcionamiento de un nuevo sistema informático de gestión recaudatoria integral, el cual tiene, entre otras, la virtualidad de permitir una gestión integral del contribuyente en los ámbitos tributario y recaudatorio, prestándole un servicio inmediato y completo evitándole molestias y desplazamientos, así como el acceso del Ayuntamiento a la Base de Datos de la propia APAT por vía telemática para consulta de datos. 
ASUNTO 3º.- PROPUESTA PARA DEJAR SIN EFECTO EL ASUNTO 7º DEL PLENO CELEBRADO EL PASADO DÍA 27-07-2005, DENOMINADO "BIENES: ENAJENACIÓN DEL INMUEBLE DE PROPIEDAD MUNICIPAL DE NATURALEZA "PATRIMONIAL O DE PROPIOS" SITO EN CALLE LOPE DE VEGA. NÚM. 10".- El pasado día 27-07-2005, el Pleno de la Corporación acordaba la enajenación, por procedimiento abierto y mediante subasta, del bien de titularidad municipal denominado "Recinto Municipal con fachada a la calle Lope de Vega, 10, de una extensión superficial de 1.235 m2 (construidos 769 m2), formado por la agrupación de las siguientes fincas registrales, según el Inventario de Bienes y Derechos de la Corporación elaborado por el Servicio de Asistencia Técnica a Municipios de la Diputación de Granada en el año 2.000: Solar del Grupo Escolar y tres casas para maestros: Tomo 180, Libro 6, Folio 74, Finca 924, inscripción 2ª y solar de Escuelas Nacionales y casa vivienda para maestros: Tomo 152, Libro 5, Folio 54, Finca 765, inscripción 1ª. 
Ante las dudas surgidas si el acuerdo plenario de fecha 24-09-1.999, relativo a la "alteración de la calificación jurídica de las tres viviendas para maestros situadas en la calle Lope de Vega, núm. 10, desafectándolas del servicio público y calificándolas como bien patrimonial o de propios", alcanza a ambas fincas registrales, por el Sr. Alcalde se propone dejarlo sin efecto a tenor de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común. 
En su virtud, el Pleno de la Corporación, por seis votos a favor, los de los concejales del PSOE y tres abstenciones, las dos del P.S.A.y una del PP, acuerda dejar sin efecto el asunto 7º del orden del día del Pleno celebrado el pasado día 27-07-2005, denominado "Bienes: enajenación del inmueble de propiedad municipal de naturaleza "patrimonial o de propios" sito en calle Lope de Vega, núm. 10.- 
ASUNTO 4º.- PROPUESTA DE ASUMIR EL COSTE DE LA APORTACIÓN FAMILIAR DERIVADA DEL SERVICIO DE ATENCIÓN SOCIOEDUTATIVA DE LOS/AS NIÑOS/AS EN EL CEIM "ACUARELA" CURSO ESCOLAR 2005/06.- 
Por el Sr. Arco Sánchez, Concejal-Delegado de Servicios Sociales, tras dar cuenta del convenio específico de colaboración suscrito entre la Fundación Andaluza de Asuntos Sociales y este Ayuntamiento para el desarrollo del programa de atención socioeductiva y prestación del servicio de ludoteca a niños/as menores de tres años en el CEIM Villanueva Mesía "Acuarela", en cuya cláusula 4ª se contempla la determinación de los precios de las plazas que cada usuario ha de abonar, asi como las bonificaciones a que tienen derecho conforme a lo establecido por la Orden de 6 de mayo de 2002, de la Consejería de Asuntos Sociales, propone al Pleno de la 
Corporación que el Ayuntamiento asuma, de fondos propios, el coste familiar de cada plaza, una vez deducida la bonificación concedida por la Junta, cuya coste medio por plaza asciende a 20 euros, aproximadamente, siendo por cuenta de los beneficiarios el coste adicional de la hora de más en el que se amplía el horario de atención del servicio. 
El portavoz del PSA, Sr. Verdejo Cobos, tras argumentar que su grupo está de acuerdo con el fondo de la propuesta pero no con la forma, al considerar que no se están aplicando criterios objetivos como la Junta, manifiesta que su grupo la va a votar favorablemente. 
El Sr. Alcalde le contesta que el criterio empleado por el equipo de gobierno, con respeto a los empleados por la Junta, es más justo, teniendo en cuenta la realidad económica que cada familia tiene con respecto a la que suele declarar documentalmente. 
Cerrado el turno de intervenciones, se somete a votación la propuesta transcrita, la cual es aprobada, íntegramente, por ocho votos a favor y una abstención, la de la Concejala del PP. 
ASUNTO 5º.- HACIENDA: APROBACIÓN CUENTA GENERAL DE PRESUPUESTOS DE 2004.- Seguidamente el Sr. Alcalde manifiesta que la Corporación debe proceder al examen de la Cuenta General de Presupuestos del ejercicio 2.004 la cual, debidamente rendida y con los documentos que la justifican, pone a disposición de la misma. 
El Pleno de la Corporación, una vez examina detenidamente la expresada Cuenta, de conformidad con el dictamen de la Comisión Especial de Cuentas, que consta en el expediente, vistos los artículos 116 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 212.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, por unanimidad de los nueve Concejales que legalmente lo componen, acuerda: 
Primero.- Aprobar la Cuenta General de Presupuestos del ejercicio 2.004, en la forma como viene rendida, según consta en el expediente de su razón, la cual ofrece el siguiente resumen: 
1.- Derechos liquidados........................................ 1.330.306,41 €. 
" Recaudación líquida a 31-12-2004......... 1.219.572,44 €. 
" Pendiente de cobro a 31-12-2004.............. 110.733,97 €. 
2.- Obligaciones liquidadas.............................................................. 1.323.616,85 €.
" Pagos líquidos a 31-12-2004 .................. 1.217.148,62 €. 
" Pendiente de pago a 31-12-2004............... 106.468,23 €. 
3.- Gastos financiados con R.L.T.:......................... 474.721,52 €. 
SUPERÁVIT O DÉFICIT DEFINITIVO.............. 481.411,08 €. 
Segundo.- Remitir este acuerdo y la documentación de que se componen la Cuenta General del ejercicio 2.004, de conformidad con los artículos 212.5 y 223.2 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, a la Cámara de Cuentas de Andalucía. 
ASUNTO 6º.- HACIENDA: EXPEDIENTE NÚM. 1/05 DE MODIFICACIONES DE CRÉDITOS AL PRESUPUESTO VIGENTE.- Se da cuenta del expediente nº 01/05, de modificación de créditos dentro del vigente Presupuesto General Municipal, al que se une informe del Secretario-Interventor, el cual presenta el siguiente resumen: 
A) CONCESIÓN DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS CON CARGO A NUEVOS Y MAYORES INGRESOS: 
1) ESTADO DE GASTOS: 
APLICACIÓN CONCEPTO IMPORTE/€ 
4.622.05 Construcción de nichos: ………………........ 25.000,00 
3.625.07 Equipamiento Centro Información Juventud:… 700,00 
Suma:................................................................. 25.700,00 
Para hacer frente a dichas obligaciones, y de conformidad con lo previsto en el artículo 177.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (T.R.L.R.H.L), y 36.1 b) del Real Decreto 500/1.990, de 20 de abril, puede acudirse a la siguiente formula: 
2) ESTADO DE INGRESOS: 
APLICACIÓN CONCEPTO IMPORTE/€ 
455.00 J.de Andalucía: Nivelación Servicios Mpales. 14.200,00 
755.01 Transf. capital: Subv. Mejora Infrest. Junta: . 11.000,00 
755.03 Transf. capital: Instituto Andaluz Juventud:…..... 500,00 
Suma:............................................. 25.700,00 
B) SUPLEMENTOS DE CRÉDITOS CON CARGO A MAYORES INGRESOS: 
1) ESTADO DE GASTOS: 
APLICACIÓN CONCEPTO IMPORTE/€ 
3.160.01 Seguridad Social Personal Laboral:.............. 13.000,00 
3.461.00 Aportación Plan Serv. Sociales Comunit…....10.600,00 
3.461.01 Aportación Programa Teleasistencia: ….…... 1.400,00 
Suma:............................................. 25.000,00 
Para hacer frente a dichas obligaciones, y de conformidad con lo previsto en el artículo 177.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto 
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (T.R.L.R.H.L), y 36.1 b) del Real Decreto 500/1.990, de 20 de abril, puede acudirse a la siguiente formula: 
2) ESTADO DE INGRESOS: 
APLICACIÓN CONCEPTO IMPORTE/€ 
282 Impuesto indirectos: ……………………………. 4.200,00 
455.00 J. de Andalucía: Nivelación Serv. Mpales.... 20.800,00 
Suma:............................................. 25.000,00 
CONSIDERANDO: Que según dispone el artículo 36 del Real Decreto 500/90, de 20 de abril, los créditos extraordinarios y los suplementos de créditos se podrán financiar: 1. b) Con nuevos o mayores ingresos efectivamente recaudados sobre los totales previstos en algún concepto del Presupuesto corriente. 
CONSIDERANDO: Que los nuevos ingresos recaudados han quedado suficientemente acreditados (artículo 37.2 c) del Real Decreto 500/90, de 20 de abril). 
CONSIDERANDO: Que la modificación de créditos al presupuesto para 2.005 cumple con los criterios de estabilidad presupuestaria, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 de la Ley 18/2.001, de 12 de diciembre, General de Estabilidad Presupuestaria (BOE núm. 298, de13 diciembre de 2.001) y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 08-03-2.002, por el que se aprueba el objetivo de estabilidad para las corporaciones locales del trienio 2.003/2.005 fijándolo en 0, pues la suma de los ingresos no financieros distribuidos en los capítulos 1 a 7 del estado de ingresos es superior a la suma de gastos no financieros distribuidos en los capítulos 1 a 7 del estado de gastos). 
CONSIDERANDO: Que en la tramitación del expediente se ha efectuado con estricta sujeción a las disposiciones vigentes, y los informes formulados son favorables. 
Vistos los artículos 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; 36, 37 y 38 del Real Decreto 500/1.990, de 20 de abril, y demás normas de aplicación. 
El Ayuntamiento Pleno, presentes los nueve miembros que legalmente lo componen, por unanimidad, ACUERDA: 
Primero.- Aprobar inicialmente el expediente núm. 01/05 de Modificación de Créditos dentro del vigente Presupuesto General Municipal, por un importe de 50.700,00 euros. 
Segundo.- Que se exponga este acuerdo al público, por un plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, para que, dentro del mismo, los interesados a los que hace referencia el artículo 170 del citado texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, puedan examinarlo y presentar las reclamaciones 
oportunas. Si transcurriese el citado plazo sin que se presentasen reclamaciones, se entenderá aprobado definitivamente; en caso contrario, requerirá acuerdo expreso de este Pleno resolviéndolas en el plazo de un mes. No obstante, para la efectividad del expediente se requerirá la publicación a que hace referencia los artículos 70.2 y 112.3 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril; y 169 apartado 3 y 5 en relación con el 177.2 T.R.L.R.H.L. 
Tercero.- Facultar ampliamente al Sr. Alcalde para que continúe el expediente hasta su total conclusión. 
ASUNTO 7º.- HACIENDA: EXPEDIENTE DE RECTIFICACIÓN DE SALDOS.- La Empresa Provincial de Vivienda, Suelo y Equipamiento de Granada, S.A. (VISOGSA), con C.I.F. núm. A-18023705, ha gestionado en nuestro municipio una promoción de 20 V.P.O. de Régimen Especial en Arrendamiento, con el núm. de expediente 18.10041/95, conforme al Real Decreto 2190/1995, financiada mediante un préstamo hipotecario concedido al Ayuntamiento por el Instituto de Crédito Oficial (ICO), por importe de 548.573,45 euros. 
Para la contabilización de dicha actuación se abrieron los ordinales de tesorería núm. 206, el cual tiene un saldo acreedor en el acta de arquero de 31-08-2005 a favor del Ayuntamiento de 61.273,66 euros y el núm. 208, con saldo acreedor, a la misma fecha, a favor de VISOGSA de 43.379,67 euros. 
Teniendo en cuenta que dichas cuentas llevan más de siete años sin tener movimientos y que el Departamento Económico y Financiero de VISOGSA certifica, con fecha 8 de septiembre de 2.005, que la situación económica-financiera relativa a la mencionada promoción entre el Ayuntamiento de Villanueva Mesía se encuentra en la actualidad saldada. 
El Pleno de la Corporación, a la vista de los antecedentes obrantes en el expediente, por unanimidad de los nueve Concejales que legalmente lo componen, ACUERDA: 
Primero.- Aprobar la propuesta de rectificación de saldos de los ordinales 206 y 208, acordando su baja en contabilidad. 
Segundo.- Notificar este acuerdo a Intervención y Tesorería a los efectos procedentes. 
ASUNTO 8º.- PROPUESTA DE INCLUSIÓN DE OBRAS EN LOS PLANES Y PROGRAMAS DE COOPERACIÓN ECONÓMICA LOCAL DE 2.006 Y 2.007.- Conforme a lo dispuesto por el Real Decreto 835/03, de 27 de junio; y los artículos 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; y 32 y 33 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, los Planes Provinciales de Cooperación a las Obras y Servicios de competencia municipal deberán aprobarse, inicialmente, por la Excma. Diputación Provincial de Granada, previa información pública e informe de la Comisión Provincial de Colaboración del Estado con las Corporaciones Locales y el Consejo Andaluz de Provincias. 
Siendo pues necesario que en el expediente que incoe dicha Corporación Provincial, consten las obras o servicios de competencia municipal que este Ayuntamiento decida realizar el próximo año 2.006 y 2.007, por el Sr. Alcalde se propone la inclusión de una "5ª y 6ª fase del Pabellón cubierto" con el fin de poder dar cumplimiento al convenio de colaboración suscrito con la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte y al calendario de obras aprobado. 
El portavoz del PSA, Sr. Verdejo Cobos, manifiesta su disconformidad con la propuesta porque, por un lado, considera que ya se han incluido varias fases en Planes Provinciales y así recuerda el haberlo expuesto en anteriores plenos, y, por otro, porque deberían incluirse obras más prioritarias para el municipio, como saneamiento o abastecimiento. 
El Sr. Alcalde le contesta que, a la fecha, solamente se ha incluido una única fase en los Planes Provinciales, concretamente, los de 2005, y que la prioridad de incluir obras de saneamiento o abastecimiento es cuestión de criterios. Añade que, en principio, no urge invertir en saneamiento o abastecimiento como lo demuestra la respuesta dada por aquella tras las últimas lluvias caídas y el estudio de fugas de agua en ésta. No obstante, añade, su compromiso político de invertir en estos servicios antes de que concluya la legislatura, si bien, con fondos del PFEA por ser más adecuados para este tipo de inversiones. 
En su virtud, el Pleno de la Corporación, al amparo del Real Decreto de referencia y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y las Normas e Instrucciones aprobadas por la Diputación Provincial para la elaboración, tramitación y ejecución de estos Planes, en votación ordinaria, por seis votos a favor, los de los concejales del PSOE y tres abstenciones, dos de los concejales del PSA y una del PP, ACUERDA: 
Primero.- Proponer a la Excma. Diputación Provincial que se incluya, en el Plan Provincial de Cooperación a Obras y Servicios para el año 2006, la siguiente obra: 
"5ª fase pabellón cubierto ". 
Núcleo de actuación: Villanueva Mesía. 
Segundo.- Proponer a la Excma. Diputación Provincial que se incluya, en el Plan Provincial de Cooperación a Obras y Servicios para el año 2007, la siguiente obra: 
"6ª fase pabellón cubierto". 
Núcleo de actuación: Villanueva Mesía. 
Tercero.- Que los correspondientes Proyectos Técnicos se redacten por Técnicos de la Diputación, con un presupuesto a ejecutar mediante contrata. 
Cuarto.- Que los terrenos sobre los que va a efectuarse la obra, se encuentran libres de cargas y gravámenes y de total disposición del Ayuntamiento, comprometiéndose al pago de los daños y perjuicios derivados de la demora de ejecución, paralización o inejecución de la misma, en el supuesto de la no disposición por cualquier tipo de gravamen o carga. 
Quinto.- Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 24 de las Normas aprobadas por esa Corporación Provincial para la Gestión de la Cooperación Económica, se deleguen, a este Ayuntamiento, las facultades para la adjudicación y contratación de dicha obra. 
Sexto.- Comprometer el gasto de la aportación municipal, con cargo a los presupuestos correspondientes. 
Séptimo.- Así mismo se hace constar que las obras propuestas constituyen fase de continuación de otras incluidas en Planes anteriores. 
ASUNTO 9º.- SOLICITUD PRÓRROGA OBRA "RESTAURACIÓN DEL PÓSITO DE VILLANUEVA MESÍA PARA LA CREACIÓN DE UN ESPACIO MONOGRÁFICO DE SÍNTESIS: ENCRUCIJADA DE CAMINOS".- El pasado día 15 de julio de 2004, este Ayuntamiento suscribía un contrato con el Grupo de Desarrollo del Poniente Granadino, para financiar el proyecto denominado "Restauración del Pósito de Villanueva Mesía para la creación de un espacio monográfico de síntesis: encrucijada de caminos", con cargo al Programa Regional "Leader Plus" de Andalucía. 
Según la cláusula tercera del mismo, la ejecución de la inversión debe finalizar en el plazo de dieciocho meses desde la formalización del contrato, esto es, el próximo 15 de enero de 2006. 
A pesar del buen ritmo de ejecución de las obras proyectadas, la dirección técnica ha informado de la aparición de ciertas complejidades técnicas surgidas en el interior del edificio, que van a impedir que éstas finalicen dentro de plazo, aconsejando una ampliación del mismo hasta el 30 de junio de 2.006. 
Teniendo en cuenta que la cláusula segunda exige autorización del Grupo para modificar las condiciones convenidas. 
El Pleno de la Corporación, por unanimidad de los nueve concejales que legalmente lo componen, acuerda: 
Primero.- Solicitar del Grupo de Desarrollo del Poniente Granadino, una ampliación de plazo de ejecución del proyecto denominado "Restauración del Pósito de Villanueva Mesía para la creación de un espacio monográfico de síntesis: encrucijada de caminos", hasta el día 30 de junio de 2.006. 
Segundo.- Dar traslado de este acuerdo al Grupo de Desarrollo del Poniente Granadino a los efectos procedentes. 
ASUNTO 10º.- CREACIÓN DEL REGISTRO MUNICIPAL DE INSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO, CONVENIOS URBANÍSTICOS Y DE LOS BIENES Y ESPACIOS CATALOGADOS.- La Ley 7/2002, de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía, establece como uno de sus principales objetivos, ofrecer una regulación que garantice la participación la pública, publicidad y concurrencia en todos los procesos urbanísticos, en el entendimiento de que con ello se asegura la transparencia de los mismos. Por ello, en la citada Ley, se incrementan los mecanismos que favorecen que los instrumentos de planeamiento y demás figuras de la ordenación urbanística estén disponibles y sean inteligibles para los ciudadanos, y que éstos tengan la oportunidad y un amplio margen de participación para involucrarse en la toma de decisiones de carácter público que atañen a la planificación y la gestión urbanística. 
En concreto, con la finalidad de asegurar la debida publicidad de los instrumentos de planeamiento, de los convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, la citada Ley impone tanto a los ayuntamientos como a la Consejería competente en materia de urbanismo la obligación de llevar un registro donde se depositen estos instrumentos, y con ello se favorezca su pública consulta por parte de cualquier ciudadano. A través de estos registros se instrumenta la disponibilidad de la información urbanística de forma organizada y accesible. 
La Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía establece como un requisito previo e indispensable a la propia publicación del plan o de los convenios urbanísticos, que los instrumentos de planeamiento y los convenios urbanísticos sean depositados en los respectivos registros. En consecuencia, se refuerza hasta tal punto la publicidad de estos instrumentos que el depósito en el correspondiente registro se constituye como un paso más en el propio proceso de tramitación. 
El Decreto 2/2004, de 7 de enero, tiene por objeto crear el Registro Autonómico y disponer que todos los Ayuntamientos han de constituir igualmente sus respectivos registros con idéntica finalidad, así como regular el procedimiento del depósito y archivo de los instrumentos de planeamiento y demás elementos de la ordenación urbanística que deben constar en los correspondientes registros, incluidos los convenios urbanísticos y los bienes y espacios catalogados, y la organización de la información que allí se contenga. 
En el marco de lo dispuesto en la mencionada Ley se hace necesaria, igualmente, la regulación del régimen de la consulta de los instrumentos de planeamiento, de los convenios urbanísticos y de los espacios y bienes catalogados por parte de cualquier ciudadano Interesado, así como del régimen que faculte para el acceso a estos documentos y para la expedición de copias de los mismos. 
En su virtud, el Pleno de la Corporación, por unanimidad de los nueve Concejales que legalmente lo componen, ACUERDA: 
Primero.- Crear el Registro Administrativo Municipal de los instrumentos de planeamiento, de los convenios urbanísticos y de !os bienes y espacios catalogados, en la forma que consta en el expediente. 
Segundo.- El Registro será autorizado por el Secretario de la Corporación. 
ASUNTO 11º.- CALENDARIO LABORAL 2006: ELECCIÓN DE DOS FIESTAS LOCALES.- En relación con lo establecido por el Decreto 173/2005, de 19 de julio, por el que se determina el Calendario de Fiestas Laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2.006, y al amparo del artículo 46 del Real Decreto 2.001/1.993, de 28 de julio, sobre Regulación de la Jornada de Trabajo, Jornadas Especiales y Descanso, por el que se faculta a cada Municipio para proponer HASTA DOS DÍAS de cada año natural con carácter de Fiestas Locales, vista la Orden de 11 de octubre de 1.993 de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía, el Ayuntamiento Pleno, tras deliberación, en votación ordinaria y por unanimidad de los nueve concejales que legalmente lo compone, ACUERDA: 
Primero.- Proponer para el año 2.006, los siguientes días de FIESTAS LOCALES: 
- Día 25-04-2.006, martes: Festividad de San Marcos. 
- Día 23-10-2.006, lunes: Festividad Real de Ganado. 
- Ámbito territorial al que afecta: Villanueva Mesía 
Segundo.- Dar traslado de este acuerdo a la Consejería de Empleo, para su autorización e inclusión en el Calendario General de Fiestas Locales, y su posterior publicación en el B.O.J.A. 
Tercero.- Facultar ampliamente al Sr. Alcalde, para la efectividad de este acuerdo. 
ASUNTO 12º.- CONCESIÓN DE LICENCIAS URBANÍSTICAS.- Dada cuenta de los expedientes núm. 80/2005 y 84/2005, incoados para la ejecución de obras de reforma o ampliación, conservación y de obra nueva, para su aprobación, si procede, por este Ayuntamiento Pleno. 
Vistos los artículos 1, 8 y 9 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales; 169, 171 y 172 de la Ley 7/2.002, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) (B.O.J.A. núm. 154, de 31-12-2.002); artículo 1 del Reglamento de Disciplina Urbanística, de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto por la Disposición Transitoria Novena de la LOUA; Decreto de delegación de atribuciones del Alcalde, cuya competencia le viene dada por los artículos 21.1 q) de la Ley 7/1.985, de 2 de abril; 24 e) del Real Decreto Legislativo 781/1.986, de 18 de abril; y 41 apartado 9 del R.O.F., aprobado por Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de noviembre; así como el artículo 42 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de lo dispuesto por las NN.SS. de Planeamiento de Villanueva Mesía y las Ordenanzas Fiscales Reguladoras sobre el Impuesto sobre Construcción, Instalaciones y Obras y concesión de Licencias Urbanísticas. 
Vistos los informes técnico y jurídico expedidos por el Arquitecto Técnico Municipal y el Secretario-Interventor de la Corporación, respectivamente, que constan en cada expediente. 
El Pleno de la Corporación, actuando con facultades delgadas, por unanimidad, ACUERDA: 
Primero.- Conceder licencia urbanística a los siguientes solicitantes, en los domicilios que a continuación se indican: 
Núm. Exp. 
80/2005 Mª Luisa Cortés Fernández Rehabilitación de vivienda C/ Río, núm. 12........... 8.335,86 
84/2005 Avilanet Telecomunicaciones, SLU. Edificio de 6 viviendas, 2 locales y sótano C/ Veintiocho de Febrero, s/n ........... 307.000,00 
Sujetas a las condiciones que se indican en el informe técnico. 
Segundo.- Aprobar las siguientes liquidaciones provisionales del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (2,40 % sobre el presupuesto), conforme a la Ordenanza Fiscal Reguladora y de la Tasa de concesión de Licencia Urbanística (0,10 % sobre el presupuesto), que deberá ingresarse en la Tesorería Municipal en los plazos fijados por el art. 62 de la Ley 58/2003, de17 de diciembre, General Tributaria (Las liquidaciones notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, han de pagarse desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Las liquidaciones notificadas entre los días 16 y último de cada mes, han de pagarse desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente). Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario sin haber satisfecho la deuda, se procederá al cobro por vía de apremio, con los recargos que correspondan del importe de la deuda, más los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Núm.
Exp. 
Nombre y Apellidos
I.C.I.O./euros
2,40% 
Tasa/euros
0,10 % 
Total a ingresar/
/€uros
80/2005
Mª Luisa Cortés Fernández
200,06
8,34
208,04
84/2005
Avilanet Telecomunicaciones, SLU.
7.368,00
307,00
7.675,00
Tercero.- Notificar, en legal forma, el presente acuerdo dándole traslado de los recursos pertinentes.
ASUNTO 13º.- PROPUESTA DE ADHESIÓN AL ACUERDO ADOPTADO EL PASADO DÍA 23 DE JUNIO DE 2.005 POR LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL PONIENTE GRANADINO, SOBRE "LA CARTA GENERAL DE LA MARCA DE CALIDAD TERRITORIAL DEL PONIENTE GRANADINO".- La Junta Directiva de la Asociación para el Desarrollo Sostenible del Poniente Granadino, en sesión celebrada el pasado día 23 de junio de 2.005, aprueba La Carta General de Calidad Territorial del "Poniente Granadino", cuya área geográfica de aplicación afecta, entre otras, a la localidad de Villanueva Mesía. 
A la vista de lo acordado, el Pleno de la Corporación, por unanimidad de los nueve concejales que legalmente lo componen, le presta su aprobación a su punto 7º, del siguiente tenor literal: 
"Bajo el concepto "marca de calidad territorial" se pretenden implantar unos criterios de excelencia capaces de afectar a todos los ámbitos de la vida local: desde lo público a lo privado, desde lo productivo a la prestación de servicios, desde lo más puntual hasta las consideraciones más generales, Desde este punto de vista, el municipio se configura como la unidad territorial básica del Poniente Granadino, adquiriendo en él especial significado sus áreas de población concentrada: sus pueblos o localidades. 
Como norma general, y pendiente de la redacción y aprobación de las correspondientes "cartas específicas" a que hubiere lugar, el término "Pueblo del Poniente Granadino" designa a las localidades que responden a las siguientes condiciones básicas: 
" Disponer de un Plan General de Ordenación Urbana y usos del término municipal que contenga de forma concreta algunos extremos como: 
- Medidas especiales de protección de cascos históricos si los hubiera. 
- Existencia de medidas de protección del patrimonio histórico artístico, etnográfico y de los espacios protegidos, contemplando el inventario y puesta en valor de los mismos. 
- Medidas concretas en los acabados exteriores y uso de materiales tradicionales. 
- Ordenanzas municipales de medioambiente que regulen además el uso de energías renovables. 
- Establecer medidas de control de contaminación acústica. 
- Control de las actividades industriales. 
- Soterramiento de tendidos eléctricos, y cableado telefónico y ocultamiento de antenas de TV. 
" Respetar el ciclo completo del agua: abastecimiento, control de pérdidas, medidas de ahorro, depuración y medidas de reutilización. Con especial atención a la vigilancia de la contaminación en los cauces públicos. 
" Estar implantada la Agenda Local 21 del medio ambiente y de la cultura. 
" Existencia de planes de educación ambiental ciudadana y órganos de participación. 
" Incentivar la agricultura ecológica. 
" Vigilancia ambiental de los vertederos controlados existentes. 
" Debe existir recogida selectiva de residuos, así como algún sistema de reciclaje de los mismos. 
" Los contenedores de basuras deben estar soterrados o disponer, al menos, de sistemas de ocultamiento. 
" Restauración de áreas degradadas como por ejemplo puesta en valor de canteras y graveras abandonadas. 
" Existencia de instalaciones energéticas públicas que supongan medidas de ahorro y eliminación de contaminación lumínica. 
" Creación de vías verdes, itinerarios paisajísticos y de vías pecuarias. 
" Disponer de un estacionamiento fuera de la aglomeración urbana para los vehículos de los visitantes, en el caso de contar con cascos históricos urbanos. 
" Iluminar en la noche los elementos sobresalientes del patrimonio del municipio y sus edificios singulares, si los hubiera. 
" Mantenimiento de la limpieza en todo el ámbito de la población y los accesos tanto de carretera como de caminos rurales, dotada de papeleras suficientes, así como de contenedores de basura selectiva de vidrio, papel plástico y residuos orgánicos. 
" Disponer, al menos, de un lugar de restauración y un lugar de alojamiento con el reconocimiento de la marca "Poniente Granadino", en la misma población o en un radio de 10 kms. 
" Disponer de la existencia de al menos un punto de venta donde se oferten las producciones locales y comarcales de calidad certificadas con la marca "Poniente Granadino". 
Desarrollar con periodicidad regular iniciativas relacionadas con la creación artística, así como con la recuperación de los valores tradicionales de la cultura local. 
Disponer de un espacio de lectura pública permanente, así como de una sala expositiva para iniciativas de difusión cultural. Se valorará la presencia de puntos públicos de acceso a la información global: internet. 
Utilizar la señalización del territorio y establecer normas que regulen el uso de la publicidad y los anuncios comerciales en la localidad. 
Existencia de servicios de guía a los lugares de interés patrimonial y natural, si quiera con carácter temporal o previa concertación. 
Editar algún tipo de folleto o guía de la población y su término. 
Existencia de planes municipales de acción positiva de igualdad de oportunidades. 
Habilitar medidas de intermediación, cultura y acogida para población inmigrantes y minorías étnicas, siempre y cuando exista un colectivo significativo en la población. 
ASUNTO 14º.- RUEGOS Y PREGUNTAS.- Por el portavoz del PSA, Sr. Verdejo Cobos, se formulan los siguientes ruegos: 
1º.- Que se eliminen o reubiquen los dos contendores del puente, en el apeadero viejo. 
El Sr. Fuentes Gómez, concejal-delegado de Medio Ambiente, le contesta que se van a reubicar en el lado opuesto, unos veinte metros más adelante. 
2º.- Que, ante las próximas fiestas, se reubique el quiosco que se instala en la intersección de la calle 28 de febrero con la avda. Andalucía, por quitar visibilidad a la circulación. 
EL Sr. Alcalde le contesta que se intentará desplazarlo algo para mejorala o se le buscará nuevo emplazamiento. 
3º.- Que se congratula por las papeleras colocadas en la vía pública, si bien ve carencias en algunas zonas y excesos en otras. 
El Sr. Fuentes Gómez, concejal-delegado de Medio Ambiente, le contesta que se han tenido que colocar cerca de los comercios porque se corresponde con una subvención de urbanismo comercial, si bien, las que se han quitado, se colocarán en aquello sitios que lo precise. 
4º.- Porqué no se subasta el bar de la caseta municipal. 
El Sr. Alcalde le contesta que se incluye en el mismo paquete con las actuaciones musicales cuando éstas se subastan de un año para otro, y, posteriormente, es el adjudicatario quien la subcontrata. 
5º.- Que se revisen las bocas de riego con fugas en las calles Harina y Río y en la Plaza del Cine. 
El Sr. Alcalde le contesta que se comprobará si se trata de una avería o alguien las abre, y se solucionará. 
6º.- Que se comunique a Diputación los puntos de la carretera de su competencia que se inundan cuando llueve para que se le dé solución. 
El Sr. Alcalde toma nota de ello. 
7º.- Que se limpien las alcantarillas antes de que lleguen las lluvias. 
El Sr. Alcalde toma nota de ello. 
8º.- Que dado que Ana Isabel Rico ha cumplido su mandato en la Mancomunidad "Ribera Baja del Genil", que se nombre al representante de su grupo, conforme a lo acordado. 
El Sr. Alcalde toma nota de ello. 
Y siendo los asuntos tratados el objeto de esta Sesión, por la Presidencia se levantó la misma a las veintiuna horas y treinta minutos, de todo lo cual se extiende la presente acta, de lo que, como Secretario, Certifico.- 

Villanueva Mesía, 30 de septiembre de 2005.-

VºBº
EL ALCALDE