jueves, 12 de julio de 2012

Pleno de 27 de julio


SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN CELEBRADA EN PRIMERA CONVOCATORIA EL DÍA 27-07-2005.
En el Salón de actos del Centro de Servicios Sociales Comunitarios de Villanueva Mesía, a las veinte horas del día veintisiete de julio de dos mil cinco, se ha reunido el Ayuntamiento Pleno, bajo la presidencia del Sr. Alcalde, Don José Entrena Ávila, concurriendo los Sres. Concejales Doña Angelina Lourdes Ayllón Muñoz, Don Antonio José Arco Sánchez, Don Antonio Miguel Castro Maldonado, Don Juan Fuentes Gómez, Doña Ángeles Gómez Gutiérrez, Don Francisco Márquez Naranjo, y Don José Antonio Verdejo Cobos, asistidos por el Secretario de la Corporación, Don Rafael Martín Hoces, que da fe del acto, al objeto de celebrar sesión extraordinaria en primera convocatoria. 
No ha justificado su ausencia Doña Ana Isabel Rico Sánchez. 
Declarada abierta la sesión por el Sr. Presidente y comprobada por el Secretario la existencia del quórum de asistencia necesario para que pueda ser iniciada, se procede a conocer de los siguientes asuntos incluidos en el orden del día de la convocatoria. 

ASUNTO 1º.- LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- Por la Presidencia se pregunta a los asistentes si tienen que formular alguna observación al acta de la sesión anterior, celebrada el día 07-06-2005, que se ha distribuido con la convocatoria de la presente. 
No formulándose ninguna, el Sr. Presidente proclama aprobada por unanimidad el acta de la sesión citada, ordenando su trascripción al Libro de Actas según lo dispuesto por el artículo 110.2 del Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el R.O.F. 

ASUNTO 2º.- DACIÓN DE CUENTA DE LA TOMA DE POSESIÓN DEL NUEVO SECRETARIO-INTERVENTOR DE LA CORPORACIÓN.- Por el Sr. Alcalde se informa que, con fecha 01-07-2005, ha tomado posesión del puesto de Secretario-Interventor de este Ayuntamiento, D. Rafael Martín Hoces, con D.N.I. num. 74.611.052-H, que ha sido adscrito a dicho puesto en Comisión de Servicios por Resolución de 07 de junio de 2.005, de la Dirección General de la Función Pública de la Consejería de Justicia y Administración Pública, publicada en el BOJA núm. 132, del día 16-06-2005, a quien le da la bienvenida y le desea lo mejor en el desarrollo de su labor por el interés del Ayuntamiento y del propio municipio. 

ASUNTO 3º.- INFORMACIÓN P.F.E.A. ASIGNACIÓN ESPECIAL "ESPÁRRAGO".-Por el Sr. Alcalde se informa que, a partir del próximo mes de septiembre, se va a llevar a cabo, en nuestra localidad, un P.F.E.A. destinado a los/as trabajadores/as que tengan acreditadas p eonadas en las Cooperativas de la localidad durante la campaña del espárrago, sean o no vecinos del municipio, a gestionar por Diputación de Granada, para lo cual se han propuesto las siguientes obras con un presupuesto para mano de obra y cuotas patronales de seguridad social de 90.000,00 euros, aproximadamente: 
- Limpieza y deforestación de la margen derecha del Río Genil. 
- Limpieza y deforestación del Arroyo Talancos. 
- Reposición de árboles y jardinería en casco urbano. 
A la pregunta del portavoz del PSA, Sr. Verdejo Cobos, si esta asignación se va a mantener en sucesivos ejercicios, el Sr. Alcalde le contesta que, probablemente y en principio, estos programas se repitan varios años. 

ASUNTO 4º.- SOLICITUD CAMBIO OBJETIVOS DEL TALLER DE EMPLEO.- El Sr. Alcalde decide retirar este asunto del orden del día alegando que a última hora no ha sido necesario cambiar los objetivos del Taller de Empleo propuestos en su día. 

ASUNTO 5º.- CONCESIÓN DE LICENCIAS URBANÍSTICAS.- Dada cuenta de los expedientes núm. 55/2005, 60/2005, 62/2005, 63/2005, 64/2005, 67/2005 y 71/2005, incoados para la ejecución de obras de reforma o ampliación, conservación y de obra nueva, para su aprobación, si procede, por este Ayuntamiento Pleno. 
Vistos los artículos 1, 8 y 9 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales; 169, 171 y 172 de la Ley 7/2.002, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) (B.O.J.A. núm. 154, de 31-12-2.002); artículo 1 del Reglamento de Disciplina Urbanística, de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto por la Disposición Transitoria Novena de la LOUA; Decreto de delegación de atribuciones del Alcalde, cuya competencia le viene dada por los artículos 21.1 q) de la Ley 7/1.985, de 2 de abril; 24 e) del Real Decreto Legislativo 781/1.986, de 18 de abril; y 41 apartado 9 del R.O.F., aprobado por Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de noviembre; así como el artículo 42 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de lo dispuesto por las NN.SS. de Planeamiento de Villanueva Mesía y las Ordenanzas Fiscales Reguladoras sobre el Impuesto sobre Construcción, Instalaciones y Obras y concesión de Licencias Urbanísticas. 
Vistos los informes técnico y jurídico expedidos por el Arquitecto Técnico Municipal y el Secretario-Interventor de la Corporación, respectivamente, que constan en cada expediente. 
El Pleno de la Corporación, actuando con facultades delegadas, por unanimidad, ACUERDA: 
Primero.- Conceder licencia urbanística a los siguientes solicitantes, en los domicilios que a continuación se indican:
Núm.
Exp.
Nombre y Apellidos
Tipo de obra
Emplazamiento
Presupuesto/€uros
55/2005
Daniel Arco Ávila
Construcción de vivienda unifamiliar
C/ Greco
59.000,00
60/2005
Brian Puchatys
Rehabilitación de Cortijo
Cortijo Valcazar Alto
130.067,68
62/2005
Manuel Ruiz Coca
Rehabilitación de vivienda
Plaza del Cristo, 13
9.988,38
63/2005
Endesa Distribución Eléctrica. S.L.
Línea Aérea de M.T.Subesta-ción Petra.
OBRA SG0450. Subestación Petra.
4.846,75
64/2005
Francisco España Rufián
Construcción de vivienda unifamiliar
C/ Harina, 19
37.000,00
67/2005
Juan Miguel Arias Segura
Rehabilitación de vivienda
C/ Menéndez Pelayo, 21
8.893,94
71/2005
Juan J. Fuentes Rodríguez
Construcción de 2 viviendas y local.
C/ Zurbarán, núm. 9
81.000,00
73/2005
Antonio Adamuz Entrena
Construcción de Vivienda Unifamiliar
C/ Gran Capitán, 55
32.000,00
Segundo.- Aprobar las siguientes liquidaciones provisionales del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (2,40 % sobre el presupuesto), conforme a la Ordenanza Fiscal Reguladora y de la Tasa de concesión de Licencia Urbanística (0,10 % sobre el presupuesto), que deberá ingresarse en la Tesorería Municipal en los plazos fijados por el art. 62 de la Ley 58/2003, de17 de diciembre, General Tributaria (Las liquidaciones notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, han de pagarse desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Las liquidaciones notificadas entre los días 16 y último de cada mes, han de pagarse desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente). Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario sin haber satisfecho la deuda, se procederá al cobro por vía de apremio, con los recargos que correspondan del importe de la deuda, más los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan. 
Núm.
Exp.
Nombre y Apellidos
I.C.I.O./euros
2,40%
Tasa/euros
0,10 %
Total a ingresar/
/€uros
55/2005
Daniel Arco Ávila
1.416,00
59,00
1.475,00
60/2005
Brian Puchatys
3.121,62
130,07
3.251,69
62/2005
Manuel Ruiz Coca
239,72
9,99
249,71
63/2005
Endesa Distrib. Eléctrica. S.L.
116,32
4,85
121,17
64/2005
Francisco España Rufián
888,00
37,00
925,00
67/2005
Juan Miguel Arias Segura
213,44
8,89
222,33
71/2005
Juan J. Fuentes Rodríguez
1.944,00
81,00
2.025,00
73/2005
Antonio Adamuz Entrena
768,00
32,00
800,00

Tercero.- Notificar, en legal forma, el presente acuerdo dándole traslado de los recursos pertinentes.
ASUNTO 6º.- BIENES: ARRENDAMIENTO MATADERO MUNICIPAL. APROBACIÓN DEL PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES.- Dada cuenta del expediente tramitado para el arrendamiento del Matadero Municipal, sito en camino de la Realenga, núm. 7, de este término municipal, cuyas características, determinaciones y naturaleza constan en el inventario de bienes de la Corporación y en el propio expediente. 
Examinado el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares elaboradas al respecto, que habrán de regir en esta convocatoria. 
Vistos los artículos 22. 2 n), 47.2 j), 79.2 y 80.2 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL); 50.15 del Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el R.O.F.; 76 y 83 del Real Decreto Legislativo 781/1.986, de 18 de abril, por el que se aprueba el TRRL; 92 del Real Decreto 1.372/86, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (RB); 2.3, 36, 37.2, 38 y 39 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía; 67 a 81, 85 a 90 Real Decreto Legislativo 2/2.000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (TRLCAP); Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos; artículos 1.542 a 1.574 del Código Civil y demás normas de aplicación. 
El Pleno de la Corporación, tras deliberación y por unanimidad de los ocho concejales presentes de los nueve que legalmente lo componen, ACUERDA: 
Primero.- Arrendar el Matadero Municipal, sito en la Realenga, núm. 7, de este término municipal por un período de duración de DIEZ AÑOS. 
Segundo.- Adjudicar el contrato por el procedimiento abierto y mediante concurso. 
Tercero.- Declarar de tramitación ordinaria el expediente de contratación. 
Cuarto.- Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que habrá de regir en esta contratación. 
Quinto.- Exponer al público dichos pliegos, previa inserción de edictos en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de anuncios durante OCHO DÍAS HÁBILES para reclamaciones, y, conjuntamente, que se publique anuncio de licitación en la forma y plazos que señala el T.R.L.C.A.P. 
Sexto.- Cumplir los demás trámites preceptivos de impulso hasta la formalización del oportuno contrato, incorporando copia de la adjudicación y de los contratos que se otorguen. 
Séptimo.- Facultar ampliamente al Sr. Alcalde, tan ampliamente como en derecho se requiera, para la efectividad de este acuerdo. 
ASUNTO 7º.- BIENES: ENAJENACIÓN DEL INMUEBLE DE PROPIEDAD MUNICIPAL DE NATURALEZA "PATRIMONIAL O DE PROPIOS" SITO EN CALLE LOPE DE VEGA. NÚM. 10.- Se da cuenta del expediente tramitado para enajenar el siguiente inmueble de propiedad municipal: 
Núm. de orden: 1: Recinto Municipal con fachada a la calle Lope de Vega, 10 
Formado por la agrupación de dos solares que presentan las siguientes características: 
Naturaleza del inmueble: Urbano. Situación: calle Lope de Vega, núm. 10 Superficie: 1.235 m2 (construidos 769 m2). Linderos: Por su frente, con dicha calle; entrando, por la derecha, con solar propiedad de Herederos de Manuel Fernández Carvajal; por la izquierda, con calles Lope de Vega y Pablo Picaso; por el fondo, con traseras de vivienda de María Novo Cuevas. Naturaleza jurídica: patrimonial o de propios, según acuerdo plenario de desafectación, de 24-09-1.999.Título en virtud del cual se atribuye la propiedad a la Entidad Local: Adquirido, el solar del Grupo Escolar y tres casas para maestros, mediante escritura de compraventa a D. Enrique Rodríguez Rodríguez, otorgada en el notario D. Enrique Sanchís Sanchís, y el solar de Escuelas Nacionales y casa vivienda para maestros, por cesión de D. Enrique Rodríguez Rodríguez. Destino: ninguno. Derechos reales constituidos a su favor: ninguno. Fecha de adquisición: Se desconoce. Signatura de inscripción en el Registro de la Propiedad de Loja: Solar del Grupo Escolar y tres casas para maestros: Tomo 180, Libro 6, Folio 74, Finca 924, inscripción 2ª y solar de Escuelas Nacionales y casa vivienda para maestros: Tomo 152, Libro 5, Folio 54, Finca 765, inscripción 1ª. 
Tras justificar el Sr. Alcalde que dicha enajenación tiene como finalidad destinar los fondos obtenidos a la financiación de la obra "Pabellón Cubierto" del Programa de Inversiones de los Presupuesto municipales de 2.005 y que en el expediente se acreditan todas la antecedentes legales para aprobar el expediente de contratación, concede la palabra al portavoz del PSA, Sr. Verdejos Cobos, el cual manifiesta la oposición de su grupo por los siguientes motivos: porque es el único solar que dispone el Ayuntamiento en el centro del casco urbano para posibles equipamientos dotacionales; porque provocaría grandes construcciones que romperían con la estética y el entorno; porque el precio de licitación es inferior al del mercado; y porque, con ello, se está contribuyendo al enriquecimiento de los adjudicatarios-promotores. De acuerdo con lo anterior, propone la paralización del expediente y que se pida el sentir de los vecinos por la venta "emblemática" de este bien de propiedad municipal. 
El Sr. Alcalde le contesta lo siguiente: que no considera que se defiendan los intereses generales de la Corporación reservando estos terrenos para equipamientos cuando en el PGOU, pendiente de aprobación definitiva, se prevén espacios muy bien distribuidos y ecuánimes para las distintas clases de suelo, con un valor económico escaso para la colectividad; que la valoración, según el informe pericial que consta en el expediente, se ha hecho con criterios de legalidad; que no ve claro su afirmación de que se favorece la especulación del adjudicatario-promotor; que, con ello, se está contribuyendo al desarrollo urbano de la ciudad de un espacio en ruinas; que no percibe ni le consta la oposición de la colectividad a un tema que está en la calle y que los vecinos conocen, sólo la del militante del grupo del PSA que no la considera significativa. 
A la vista de ello y teniendo en cuenta 
Que según se desprende de dicho expediente, el bien a enajenar ostentan la naturaleza jurídica de bien patrimonial o de propios de la Corporación; está libres de cargas y gravámenes; está inscritas en el Registro de la Propiedad de Loja. 
Qu e el Arquitecto Técnico Municipal, a requerimiento de esta Alcaldía emite informe de valoración técnica del bien a enajenar que acredita de modo fehaciente su justiprecio. 
Que los recursos ordinarios del vigente presupuesto general municipal para 2.005 referidos a los capítulos I al V, deducidos los ingresos por contribuciones especiales, ascienden a 896.432,57 euros. 
Que es de la competencia del Pleno de la Corporación la adopción del acuerdo de enajenación a que se contrae este expediente, exigiéndose el quórum de la mayoría absoluta, de conformidad con los artº 22. 2 o) y 47. 2 m) de la Ley 7/1.985, de 2 de Abril, dado que la enajenación, aún estando prevista en el Presupuesto, su cuantía supera el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto vigente, según el informe de tasación, y excede del 20 por 100 de los mismos. 
Visto el informe del Secretario-Interventor de la Corporación, el cual consta en el expediente, las disposiciones precedentes, así como los artículos 76, 79 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/1.986, de 18 de Abril;; 109, 112. y 118 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1.372/1.986, de 13 de Junio; 16 y 20 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía; Decreto 425/2000, de 7 de noviembre, por el que se determinan los órganos competentes de la Consejería de Gobernación en materia de tráfico jurídico de bienes de las Entidades Locales; 1, 5-1.3), 9, 67, 74, 82 y Disposición Final Primera del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; 2. 1 a), 3 y 5 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y demás disposiciones de aplicación, así como el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. 
El Pleno de la Corporación, en votación ordinaria, por seis votos a favor, los de los Concejales del PSOE, por dos en contra, los del PSA, y, por tanto, mayoría absoluta, ACUERDA: 
Primero.- Enajenar, por procedimiento abierto y mediante subasta, el siguiente bien de titularidad municipal: 
Núm. de orden: 1: Recinto Municipal con fachada a la calle Lope de Vega, 10 
Naturaleza del inmueble: Urbano. Situación: calle Lope de Vega, núm. 10 Superficie: 1.235 m2 (construidos 769 m2). 
Segundo.- Solicitar autorización previa de la Consejería de Gobernación, de conformidad con lo previsto en los artº 109 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales; 16, 1 c) segundo párrafo de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre y 1.1 del Decreto 425/2000, de 7 de noviembre. 
Tercero.- Declarar de tramitación ordinaria el expediente de contratación. 
Cuarto.- Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que habrá de regir en esta contratación. 
Quinto.- Exponer al público dichos pliegos, previa inserción de edictos en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de anuncios durante OCHO DÍAS HÁBILES para reclamaciones, y, conjuntamente, que se publique anuncio de licitación en la forma y plazos que señala el T.R.L.C.A.P. 
Sexto.- Que los fondos que se obtengan de esta enajenación se destinen a financiar la obra denominada "Pabellón Cubierto" del programa de inversiones de este Ayuntamiento para el ejercicio de 2.005 
Séptimo.- Facultar al Sr. Alcalde, tan ampliamente como en derecho se requiera, para que, en nombre y representación de este Ayuntamiento, realice cuantas gestiones sean necesarias para la efectividad de este acuerdo, otorgue la pertinente escritura pública y demás formalizaciones que se necesitasen. 
ASUNTO 8º.- COMPENSACIÓN MATADERO MUNICIPAL.- Por el Sr. Alcalde se da cuenta de la propuesta de acuerdo de compensación con la Sociedad Cooperativa Andaluza CARVI, de las cuotas que adeudan en concepto de arrendamiento, de acuerdo con el convenio firmado el día 7 de enero de 1.987 con Sociedad Cooperativa VIGAIN y cedido a aquella, con fecha 10 de febrero de 1.995, con cargo a los gastos ocasionados por las obras de adaptación y mejora de las instalaciones, resultando la siguiente liquidación: 
A) COMPENSACIÓN DE DEUDAS: 
1.- PRECIO DEL ARRENDAMIENTO 
- De mes de marzo 2.004 hasta agosto 2.004: ………5.820,84 € 
TOTAL ADEUDADO: ………………………….......................................... 5.820,84 € 
2.- FACTURAS APROBADAS POR EL AYUNTAMIENTO (COMPENSACION) 
- Fra. Núm. 128/2003, de Pavimentos y Fratasados del Sur: 
50 por 100 de su importe (5.591,20): ……………….. 2.795,60 € 
TOTAL a s/favor…...................................................... 2.795,60 € 
DIFERENCIA A FAVOR DEL AYUNTAMIENTO……………….…. 3.025,24 € 
B) RELACIÓN DE FRAS. A ASUMIR POR EL AYUNTAMIENTO.- 
1.- Fra. Núm. 731/2004 de Suministros Técnicos Alimentarios, S.L. 
(1 máquina vaciadora de intestinos):…………….. 11.600,00 € 
TOTAL a s/favor….……….................................... 11.600,00 € 
Dicho importe les será abonado cuando el nuevo arrendatario lo ingrese en las arcas municipales. 
El Ayuntamiento Pleno adopta por unanimidad de los ocho Concejales presentes de los nueve que legalmente lo componen, ACUERDA: 
PRIMERO. Aprobar el acuerdo de compensación con la Sociedad Cooperativa Andaluza CARVI, de las cuotas que adeudan en concepto de arrendamiento, de acuerdo con el convenio firmado de acuerdo con el convenio firmado el día 7 de enero de 1.987 con Sociedad Cooperativa VIGAIN y cedido a aquella, con fecha 10 de febrero de 1.995, con cargo a los gastos ocasionados por las obras de adaptación y mejora de las instalaciones. 
SEGUNDO. Notificar este acuerdo al interesado. 
ASUNTO 9º.- PREMIOS VILLANUEVA MESÍA 2005.- Por el Sr. Alcalde se da cuenta del resultado de los Premios Villanueva Mesía 2005, con cuyo galardón han sido premiados los siguientes concursantes: 
- José Luis Ibáñez Revelles. 
- Luis Díaz González. 
- La Escuela Municipal de Natación. 
Los señores concejales quedan enterados de ello. 
ASUNTO 10º.- SOLICITUD DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE EMPLEO LA HOMOLOGACIÓN DE CENTRO PROFESIONAL OCUPACIONAL PARA LAS ESPECIALIDADES: APLICACIONES INFORMÁTICAS DE GESTIÓN; INFORMÁTICA DE USUARIO; INICIACIÓN A LA RED DE INTERNET; E INGLÉS DE ATENCIÓN AL PÚBLICO.- Al objeto de facilitar respuestas formativas adaptadas a las necesidades de los/as ciudadanos/as y, con ello, mejorar la conexión y adecuación entre dicha oferta formativa y las necesidades del mercado de trabajo en nuestra localidad, como facilitar la inserción laboral de los desempleados, etc..., aconseja participar en los programas de Formación Profesional Ocupacional de 2.005. 
Dado que el Ayuntamiento de Villanueva Mesía no tiene aún la consideración de Centro de Colaborador de la Junta de Andalucía en materia de Formación Profesional Ocupacional y es preceptivo inscribirse en el registro de Centros Colaboradores para la Formación Profesional Ocupacional para poder impartir especialidades formativas. 
El Pleno de la Corporación, al amparo de la Orden de 25-07-2.000 (BOJA núm. 103, de 07-09-2.000, por el que se regula el procedimiento de autorización administrativa para la actividad como Centro Colaborador de Formación Ocupacional de la Junta de Andalucía, y en ejercicio de las competencias que le confiere la Ley 7/1.985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, por unanimidad de los ocho Concejales presentes de los nueve que legalmente lo componen, ACUERDA: 
Primero: Solicitar de la Delegación Provincial de Empleo la inscripción como Centro Colaborador de Formación Ocupacional de la Junta de Andalucía. 
Segundo: Solicitar de la Delegación Provincial de Empleo la Homologación de las siguientes especialidades: 
" APLICACIONES INFORMÁTICAS DE GESTIÓN. 
" INFORMÁTICA DE USUARIO. 
" INICIACIÓN A LA RED DE INTERNET. 
" INGLÉS DE ATENCIÓN AL PÚBLICO. 
Tercero.- Compromiso de cumplir las obligaciones establecidas en la normativa de aplicación, y de impartir la integridad de los contenidos incluidos en los correspondientes Certificados de Profesionalidad o Programas Formativos. 
Cuarto: Proponer las dependencias que se describen en los distintos expediente, como lugar de impartición de las clases teóricas y prácticas, respectivamente, las cuales reúnen las condiciones higiénicas, medioambientales, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad, así como autorizar su uso y ocupación para su desarrollo. 
ASUNTO 11º.- MOCIÓN DEL PSOE SOBRE "LA COMPRA Y CONTRATACIÓN VERDE".- Se da cuenta de la Moción presentada por el Grupo Municipal Socialista en este Ayuntamiento, del siguiente tenor literal: 
"Los Concejales integrantes del Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Villanueva Mesía al amparo de lo establecido en el art. 97 del reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales, formulan, para su discusión y, en su caso aprobación, la siguiente MOCIÓN SOBRE LA COMPRA Y CONTRATACIÓN VERDE 
El 5 de Junio se celebra el Día Internacional del Medio Ambiente, fecha establecida por las Naciones Unidas para recordar la necesidad de una mayor concienciación en el compromiso ambiental de los ciudadanos, empresas y agentes sociales. 
Asimismo, es una buena fecha para recordar la necesidad de una continua y permanente atención y acción política en un tema tan sensible que afecta al presente y al futuro de nuestras generaciones. 
Los ayuntamientos, la administración más próxima a los ciudadanos, deben jugar un papel básico en la adopción de buenas prácticas que además de contribuir directamente a la preservación del medio ambiente, supongan un ejemplo de buen gobierno. 
El tema elegido este año para celebrar este día es el de CIUDADES VERDES motivo por el que planteamos una iniciativa dirigida a la adquisición de servicios y productos ecológicamente responsables, realizando una contribución a la competitividad y al desarrollo sostenible. 
Compra verde significa integrar la componente ambiental en la toma de decisiones que afectan a compra de bienes y contratación de servicios. La compra verde es un potente instrumento para mejorar las condiciones medioambientales e incluso para reducir el gasto público y en el caso de las Administraciones supondrá además un factor de arrastre para otros sectores y para la ciudadanía, e incluso una notable contribución a la reducción de los diferentes problemas ambientales. 
Se estima las compras públicas europeas representan un 16% del PIB, y sólo en España las previsiones indican que alcanzará un 28% este año. En vista de estos datos, el impacto de adoptar criterios 'verdes' en el suministro, por ejemplo, de madera, ofimática, energía o alimentación, podría ser crucial para la sostenibilidad medioambiental de la UE. 
Se estima según un reciente informe sobre 'compra verde' de la Comisión Europea que si todas las Administraciones de la UE apostaran por las energías renovables, se recortarían las emisiones de dióxido de carbono en 60 millones de toneladas (un 18% del compromiso de Kioto), y se restarían otras 830.000 si optaran por ordenadores más eficientes. Igualmente, si todas las Administraciones instalaran sistemas de ahorro de agua en lo servicios de sus edificios, el consumo se recudiría en 200 millones de toneladas, el equivalente al 0,6% del consumo doméstico total en la Unión. 
En tal situación, y bajo el prisma de pensar globalmente y actuar localmente, se insta al Pleno Municipal a adquirir los siguientes compromisos: 
Acuerdos: 
1. El Ayuntamiento se compromete a trabajar en el desarrollo paulatino de una política de compras verdes para la adquisición en sus contratos de suministro de productos con etiquetado ecológico o de aquellos productos que en su proceso de producción no contengan sustancias peligrosas o tengan un menor impacto sobre el medio ambiente como el empleo de productos reutilizados o reciclados, el empleo de productos que generen menos residuos y sean más eficientes energéticamente, etc., 
2. El Ayuntamiento se compromete a utilizar criterios ambientales en los pliegos de las cláusulas administrativas que se aprueben para la adjudicación de los concursos de consultoría, asistencia, obras y servicios que deberán integrar los aspectos ambientales en su realización (reducción de las emisiones de gases efecto invernadero, reducción en la generación de residuos, utilización de materiales reciclados, etc.), así como para las empresas que optan a ofrecer servicios a las que se las valorará entre otros méritos por estar en posesión de sistemas de gestión medioambiental (EMAS, ISO-14000). 
3. El Ayuntamiento se compromete en las obras de rehabilitación o reforma y en el mantenimiento de las instalaciones, equipos y vehículos, a incorporar las tecnologías más eficientes desde el punto de vista energético y, en general, al mantenimiento de los mismos desde un punto de vista ambiental (utilización de energías renovables, gestión de residuos, dispositivos ahorradores de agua, eficiencia energética). 
4. El Ayuntamiento participará en la formación y sensibilización de los funcionarios y personal, para implantar hábitos y buenas prácticas ambientales en el funcionamiento de la administración. 
5. El Ayuntamiento se compromete al desarrollo de campañas de educación para aumentar la sensibilización hacia la "compra verde" con el objetivo de aumentar la sostenibilidad en general de las compras de los ciudadanos. 
6. El Ayuntamiento se compromete a potenciar cuantos acuerdos voluntarios sean necesarios con los agentes económicos para fomentar la adquisición de productos ecoeficientes para los funcionarios y ciudadanos. Villanueva Mesía, julio de 2005. EL PORTAVOZ. Rubricado". 
En su virtud, el Pleno de la Corporación, tras deliberación, y por unanimidad de los ocho Concejales presentes de los nueve que legalmente lo componen, aprueba íntegramente la precedente Moción en los términos transcritos. 
ASUNTO 12º.- MOCIÓN DEL PSOE SOBRE "EL PACTO LOCAL POR LA INTEGRACIÓN Y LA CONVIVENCIA".- Se da cuenta de la Moción presentada por el Grupo Municipal Socialista en este Ayuntamiento, del siguiente tenor literal: 
"En el año 2003 el número de Inmigrantes superó, por primera vez, la cifra de ciudadanas y ciudadanos españoles que residen en el exterior. Este hecho, que ya se había producido con bastante anterioridad en los Estados de nuestro entorno, situó a la sociedad española ante una nueva realidad que debe gestionarse colectivamente, España por su desarrollo y crecimiento económico ha pasado de ser un país de emigrante a un país receptor de inmigración. 
La diversidad es una poderosa fuente de riqueza económica, social y cultural, pero para poder lograrlo es necesario impulsar un amplio conjunto de políticas encaminadas a favorecer la integración social y garantizar la convivencia ciudadana. 
Evidentemente, es fundamental reforzar la seguridad en las zonas más sensibles de cada Municipio, aunque conviene tener en cuenta que la dimensión del reto ante el que nos encontramos hace necesaria la articulación de compromisos colectivos y la puesta en marcha de políticas sociales de carácter transversal. 
De cara a este objetivo, el Gobierno de España incluyó una partida de 120 millones de Euros, en los Presupuestos Generales del Estado del año 2005, que será gestionada por los Ayuntamientos a través de las Comunidades Autónomas destinada a promover la integración social de estos nuevos ciudadanos. 
Por todo ello, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Villanueva Mesía para su debate y aprobación en Pleno, propone impulsar un "Pacto local por la integración y la convivencia", consensuado por todos los grupos políticos, y en el que participen empresarios, sindicatos y organizaciones de inmigrantes destinado a: 
" Reforzar los servicios públicos, las políticas sociales y la seguridad en las zonas más sensibles de la localidad, con especial atención a la acogida e integración. 
" Priorizar la lucha contra la el racismo y la xenofobia. 
" Diseñar, acordar y llevar a cabo un "Plan Municipal Integral para la integración y la convivencia". 
" Facilitar la labor de las organizaciones de inmigrantes y de solidaridad, con especial atención a las organizaciones juveniles y de mujeres. 
" Solicitar al Gobierno de la Comunidad Autónoma la partida presupuestaria necesaria para la financiación de las políticas anteriormente mencionadas. 
" Enviar copia de este acuerdo a la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración. 
Desde hace un tiempo numerosos ayuntamientos, corporaciones locales, gobiernos autonómicos, parlamentos regionales y nacionales están mostrando su preocupación ante el Acuerdo General del Comercio de Servicios ( AGCS ) auspiciado por la Organización Mundial del Comercio (OMC). Villanueva Mesía, julio de 2005. EL PORTAVOZ. Rubricado". 
En su virtud, el Pleno de la Corporación, tras deliberación, y por unanimidad de los ocho Concejales presentes de los nueve que legalmente lo componen, aprueba íntegramente la precedente Moción en los términos transcritos. 
ASUNTO 13.- MOCIÓN DEL PSOE SOBRE "EL ACUERDO GENERAL DEL COMERCIO DE SERVICIOS".- Se da cuenta de la Moción presentada por el Grupo Municipal Socialista en este Ayuntamiento, del siguiente tenor literal: 
"Desde hace un tiempo numerosos ayuntamientos, corporaciones locales, gobiernos autonómicos, parlamentos regionales y nacionales están mostrando su preocupación ante el Acuerdo General del Comercio de Servicios ( AGCS ) auspiciado por la Organización Mundial del Comercio (OMC). 
El AGCS pretende, mediante un proceso gradual y teóricamente voluntario, la total liberalización de todos los servicios, a cuya prestación tendrá acceso cualquier empresa extranjera. Este Acuerdo incluye también a los servicios públicos (incluidos los sanitarios, 
educativos, informativos, culturales y de gestión) , que en una fase posterior se verán inevitablemente abocados a la privatización, al no poder soportar la competencia proveniente de las empresas privadas (especialmente las multinacionales) que dispongan de información, medios e interés en hacerse con la prestación de los mismos, pudiendo alegar estas empresas que el Ayuntamiento o Corporación Local que preste el servicio que le interesa le hace competencia desleal, por cobrar más barato el servicio ( al estar subvencionado o gozar de ayudas fiscales) y poder acceder sin concurso público a prestarlo. El concepto de servicio público pasa a ser considerado como mera mercancía, con el consiguiente perjuicio para los ciudadanos y la consiguiente pérdida de las competencias jurídicas y políticas asociadas al control democrático de todo lo que afecta al bienestar social y a los derechos cívicos. 
Además el AGCS supone un ataque frontal al Estado del Bienestar, pues esta privatización, obligatoria en la práctica, afecta a uno de los pilares básicos de nuestra sociedad, como son los Servicios Públicos (que buscan la satisfacción de necesidades sociales básicas) y quiebra el modelo social europeo. 
La democracia, no solo se legítima en las urnas, sino en su capacidad de respuesta a las demandas ciudadanas, la transparencia, la solidaridad con los mas desprotegidos y la búsqueda del acceso libre e igualitario a la cultura, la información, educación, salud, pensiones, obligaciones y prestaciones sociales; así como también mediante la participación ciudadana en la ampliación del proceso democrático. En Europa, las pensiones, la sanidad o la educación pública son derechos ciudadanos firmemente asentados. 
Los Ayuntamientos y otros gobiernos locales, no son meras oficinas de intereses, sino representantes de la ciudadanía que entre otras cosas velan por sus derechos y obligaciones y son el referente de la voluntad ciudadana y su expresión democrática. Es por ello, que no pueden permanecer cruzados de brazos ante el intento de hacer de la política negocio y del derecho ciudadano objeto de comercio. 
Ante esto, numerosos eurodiputados, parlamentos como el Belga o el Parlamento Andaluz el 27 de marzo de 2003, los ministros regionales de cultura europea reunidos en Brixen y varios centenares de Ayuntamientos y Consejos Regionales franceses, belgas, austriacos, italianos, británicos y ya algunos españoles, se han manifestado muy preocupados al respecto y mostrado su rechazo a la privatización obligatoria de lo público. 
El 13 y 14 de Noviembre, reunidos en Bobigny, representantes de 684 colectividades locales francesas se declararon Zonas Libres del A.G.C.S. y acordaron convocar unos Estados Generales de Europa de colectividades locales fuera del ámbito del A. G. C. S. 
Ante todo esto y la preocupación que como cargos electos democráticos nos embarga, el Ayuntamiento de Villanueva Mesía, s abiendo que la Organización Mundial de Comercio, en una de sus rondas de negociación impulsa el Acuerdo General del Comercio de los Servicios y considerando que este acuerdo promueve una liberalización o privatización, obligatoria en la práctica de numerosas políticas públicas que afectan al bienestar de los ciudadanos y hacen peligrar el concepto comúnmente aceptado de Estado Social Europeo: 
Considerando que los servicios públicos garantizan la cobertura de las necesidades básicas y los derechos fundamentales de los ciudadanos, así como la participación democrática en la gestión y las posibilidades de control por parte de l@s usuari@s y trabajador@s, ciudadanía en general así como por parte de los electos y del gobierno local, a quienes corresponde la responsabilidad política de su correcto funcionamiento. 
Entendiendo que este acuerdo A.G.C.S de la OMC vulnera la autonomía local, reconocida por la constitución Española y los Estatutos de Autonomía, así como la Ley Reguladora de Bases del Régimen Local, la Ley de Haciendas Locales, la Ley de Contratos del Estado y la de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas. 
Propone: 
1. Manifestar nuestro rechazo a cualquier ampliación o modificación del Acuerdo general del Comercio de los Servicios que imponga o conduzca a la privatización de los servicios públicos prestados por los municipios o provincias así como Comunidades Autónomas y el Estado. 
2. El Pleno manifiesta su rechazo a cualquier ampliación o modificación del AGCS que conduzca directa o indirectamente a la reducción de 
las competencias y del principio constitucional de autonomía local. 
3. Rechazamos la falta de transparencia de la OMC y pedimos que el gobierno de España a través de sus organismos competentes, informe a las corporaciones Locales y la FEMP de todo lo concerniente a sus intereses y los de sus ciudadanos. 
4. Manifestamos nuestro respeto hacia el principio de subsidiariedad y las competencias de las corporaciones locales europeas, el Modelo Social Europeo y el Estado de¡ Bienestar sobre el que los ciudadanos europeos construyen sus derechos y denunciamos los intereses puramente mercantilistas que actúan contra el control democrático de los bienes y el interés público. 
Nos preocupa la eficacia y la eficiencia en la gestión de los servicios públicos, pero también la justicia. 
5. Acordamos participar en la reflexión y movilización de Corporaciones Locales de Europa y otras partes del mundo en contra del Acuerdo General del Comercio de Servicios, así como la Declaración suscrita en Saint Denis París en Noviembre de 2003. 
Nos adherimos a los Estados Generales de Europa de Municipios y Colectividades Locales libres de AGCS, así como al llamamiento del Foro de Autoridades Locales de Porto Alegre. Villanueva Mesía, julio de 2005. EL PORTAVOZ. Rubricado". 
En su virtud, el Pleno de la Corporación, tras deliberación, y por unanimidad de los ocho Concejales presentes de los nueve que legalmente lo componen, aprueba íntegramente la precedente Moción en los términos transcritos. 
ASUNTO 14.- MOCIÓN DEL PSOE SOBRE "EL MODELO DE DESARROLLO RURAL DE ANDALUCÍA".- Se da cuenta de la Moción presentada por el Grupo Municipal Socialista en este Ayuntamiento, del siguiente tenor literal: 
"MODELO DE DESARROLLO RURAL DE ANDALUCÍA 
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 
El Consejo de Ministros de Agricultura de la Unión Europea alcanzó el pasado 20 de junio de 2005 en Luxemburgo un acuerdo político sobre el Reglamento de Ayudas al Desarrollo Rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER). Dicho acuerdo se ha adoptado sin perjuicio del resultado de las negociaciones sobra perspectivas financieras de la UE, que deberán fijar los recursos presupuestarios destinados al Desarrollo Rural para el periodo 2007 13. 
La Comisión pretende aplicar una política de desarrollo rural que, siguiendo las orientaciones generales relativas al desarrollo sostenible fijadas en las conclusiones de los Consejos Europeos de Lisboa (marzo de 2000) y Gotemburgo (junio de 2001), se convierta en el segundo pilar de la política agraria común. Sí el Consejo de Lisboa puso un énfasis especial en la mejora de la competitividad como objetivo básico para conseguir el desarrollo económico de la Unión, el Consejo de Gotemburgo apostó por la protección del medio ambiente y por la obtención de un desarrollo aún más sostenible. 
En consonancia con las prioridades y categorías presupuestadas definidas en la Comunicación de la Comisión sobre las Perspectivas Financieras para el período 2007 2013 el Reglamento FEADER define tres objetivos principales: 
- aumentar la competitividad de¡ sector agrícola a través de ayudas a la reestructuración; 
- mejorar el medio ambiente y rural a través de ayudas a la gestión de las tierras (incluidas medidas de Investigación y desarrollo relativas a los espacios Natura 2000); 
- mejorar la calidad de vida en las zonas rurales y fomentar la d ¡versificación de las actividades económicas a través de medidas destinadas al sector agrícola y a los demás agentes de¡ mundo rural. 
La Comisión profundiza, a través de su propuesta, en la política que se venía aplicando desde la aprobación del Reglamento 125711999, primer Reglamento de Desarrollo Rural, e 
Integral dentro del nuevo Reglamento FEADER todas las Intervenciones que la actual sección Orientación del FEOGA realiza en el mundo rural en el marco de esa política. 
Andalucía tiene Implantado, desde hace años, un modelo propio de Desarrollo Rural que constituye un auténtico referente político para otras Comunidades autónomas españolas, así como para muchas regiones de otros países comunitarios y para muchas autoridades y responsables territoriales de Latinoamérica y del Magreb. Así se acredita con la sucesión de visitas a intercambios en Cooperación que se vienen produciendo con esos países y regiones. 
La "DECLARACIÓN POR EL DESARROLLO RURAL DECLARACIÓN DE SEVILLA", recientemente aprobada por los participantes en las Jornadas técnicas sobre "El Desarrollo Rural y las Nuevas Perspectivas Europeas" (Sevilla, 5 de mayo de 2005). abunda en estas reflexiones. En particular se reclamaba que el Reglamento FEADER fuese un instrumento dotado de posibilidades de actuación y con una definición de las medidas suficientemente flexible, l a renovación de la apuesta por la diversificación económica de¡ mundo rural debe incluir todas las posibilidades de intervención que se requieren con un planteamiento estratégico integral para reforzar un modelo que ha proporcionado indudables beneficios, extendiendo e incrementando sus posibilidades a los agricultores andaluces, como parte fundamental del mundo rural. 
El futuro Programa de Desarrollo Rural de Andalucía debería, por tanto, mantener e intensificar el enfoque indicado, propiciando que aquellas medidas que se vienen aplicando en la actualidad, así corno cualquier otra que pudiera considerarse adecuada, se puedan desarrollar aplicando el método andaluz, el modelo de desarrollo rural fundamentado en la intervención de los Grupos de Desarrollo Rural. 
En definitiva, la intervención a favor del mundo rural debe tener un carácter integral y realizarse con una dotación financiera suficiente que mantenga los niveles actuales de intervención y que permita dar una respuesta apropiada a las demandas existentes. Teniendo en cuenta además la definición del futuro escenario de intervención de los fondos estructurales. 
Por todo lo expuesto anteriormente, el Grupo Municipal Socialista propone al Pleno los siguientes, 
ACUERDOS 
1. Instar al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía a: 
a) Continuar y potenciar la Política de Desarrollo Rural que se viene ejecutando con la colaboración de los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía, incluyendo, en el futuro Programa de Desarrollo Rural de Andalucía, previsto en el Reglamento FEADER, la aplicación del enfoque LEADER en aquéllas medidas que permitan la diversificaci6n de la economía rural y calidad de vida en las zonas rurales, así como en aquellas otras que favorezcan el desarrollo de los territorios y la fijación de la población rural en su entorno. 
b) Elaborar Planes específicos, con objetivos, contenidos y actuaciones adecuadas a las necesidades U mundo rural, promoviendo su ejecución con la colaboración de los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía, coordinados y tutelados por la Administración autonómica, 
c) Mejorar las condiciones de actuación de los Grupos, incrementando la participación de las distintas entidades representativas del mundo rural en sus órganos de decisión, potenciando sus posibilidades de actuación con las distintas Consejerías de la Junta de Andalucía, así como los sistemas de coordinación, control y seguimiento de su actividad por la Consejería de Agricultura y Pesca. 
Instar al Gobierno de la Nación a generar un escenario presupuestario con suficiente dotación financiera que permita la ejecución de una Política de Desarrollo Rural integral y que incorpore todos los elementos necesarios para ofrecer un futuro mejor en todos los aspectos. Villanueva Mesía, julio de 2005. EL PORTAVOZ. Rubricado". 
En su virtud, el Pleno de la Corporación, tras deliberación, y por unanimidad de los ocho Concejales presentes de los nueve que legalmente lo componen, aprueba íntegramente la precedente Moción en los términos transcritos. 
ASUNTO 15º.- RUEGOS Y PREGUNTAS.- Abierto el turno de intervenciones, por el Sr. Alcalde se concede la palabra al portavoz del PSA, Sr. Verdejo Cobos, que formula los siguientes ruegos y preguntas: 
1 er. Ruego: Que se limpien en esta época estival, con más frecuencia, los contenedores de recogida de basura. 
El Sr. Alcalde le contesta que la limpieza se está llevando a cabo conforme a lo estipulado en el contrato; no obstante, añade, que se le va a pedir a la empresa adjudicataria relación de los días que este servicio se ha realizado en el mes de julio y de la programación del mes de agosto. 
2º ruego: Que si los propietarios del bar Al Andalús, sito en la calle Eras, núm. 15, bajo, no retiran las instalaciones de la terraza que hay en la vía pública, tal y como se le tiene solicitado, que el Ayuntamiento lo ejecute subsidiariamiente. 
El Sr. Alcalde le contesta que ha vuelto a citar a los propietarios para zanjar este asunto, dado que el plazo de dos meses que éstos le pidieron en su día porque el bar lo tenía en venta, ha transcurrido ampliamente. 
1ª pregunta: Cómo se ha seleccionado el personal que presta servicios en la piscina municipal. 
El Sr. Alcalde le contesta lo siguiente: 
- El encargado de la piscina: Ha sido contratado, con urgencia, sin proceso selectivo, debido a que se tuvo que prescindir de la persona que venía prestando estos servicios cerca del inicio de la apertura, por lo que no dio tiempo a elaborar el perfil correspondiente ni tramitar el proceso pertinente. 
- Los socorristas: Se han contratado a la únicas personas interesadas que reunían los requisitos exigidos. 
- Personal de Limpieza: el servicio se presta como viene siendo habitual. 
- Los porteros: Un puesto se ha cubierto con la persona que llevaba prestando este servicio durante cuatro años sucesivos, porque entiende, con la jurisprudencia, que es fijo discontinuo, con independencia de haber concursado, a dicho puesto, cada año que ha sido contratado; y el otro, previa la convocatoria de un proceso selectivo. 
Y siendo los asuntos tratados el objeto de esta Sesión, por la Presidencia se levantó la misma a las veintiuna horas y quince minutos, de todo lo cual se extiende la presente acta, de lo que, como Secretario, Certifico.- 

Villanueva Mesía, 29 de julio de 2.005.- 
VºBº
EL ALCALDE

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