jueves, 12 de julio de 2012

Pleno de 28 de octubre

SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN CELEBRADA EN PRIMERA CONVOCATORIA EL DÍA 28-10-2005.
En el Salón de actos del Centro de Servicios Sociales Comunitarios de Villanueva Mesía, a las veinte horas del día veintiocho de octubre de dos mil cinco, se ha reunido el Ayuntamiento Pleno, bajo la presidencia del Sr. Alcalde, Don José Entrena Ávila, concurriendo los Sres. Concejales Don Antonio José Arco Sánchez, Don Antonio Miguel Castro Maldonado, Don Juan Fuentes Gómez, Doña Ángeles Gómez Gutiérrez, Don Francisco Márquez Naranjo, Don José Antonio Verdejo Cobos y Doña Ana Isabel Rico Sánchez, asistidos por el Secretario de la Corporación, Don Rafael Martín Hoces, que da fe del acto, al objeto de celebrar sesión ordinaria en primera convocatoria. 
Ha justificado su ausencia Doña Angelina Lourdes Ayllón Muñoz. 
Declarada abierta la sesión por el Sr. Presidente y comprobada por el Secretario la existencia del quórum de asistencia necesario para que pueda ser iniciada, se procede a conocer de los siguientes asuntos incluidos en el orden del día de la convocatoria. 
ASUNTO 1º.- LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- Por la Presidencia se pregunta a los asistentes si tienen que formular alguna observación al acta de la sesión anterior, celebrada el día 28-09-2005, que se ha distribuido con la convocatoria de la presente. 
No formulándose ninguna, el Sr. Presidente proclama aprobada por unanimidad el acta de la sesión citada, ordenando su trascripción al Libro de Actas según lo dispuesto por el artículo 110.2 del Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el R.O.F. 
ASUNTO 2º.- COMUNICACIONES DE ESCRITOS. 
Se da cuenta de los siguientes escritos de interés recibidos a la fecha: 
- Notificación de la Orden de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, de fecha 29 de septiembre de 2005, relativa a la concesión de una subvención de 3.301,85 euros, en materia de urbanismo comercial, al amparo de la Orden de 27 de febrero de 2.003, destinada a la “revitalización comercial de cascos urbanos: acondicionamiento y mejora de la calle Cardenal Cisneros”, con un presupuesto de actuación de 6.603,70 euros. 
ASUNTO 3º.- HACIENDA: MODIFICACIONES DE ORDENANZAS FISCALES PARA 2006.
Se somete a la consideración del Pleno de la Corporación el expediente tramitado en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), referente a la Modificación de las Ordenanzas Fiscales propuestas para 2.006, en el que consta: Moción del Sr. Alcalde, Texto de las Ordenanzas a modificar, Informe del Secretario-Interventor, y dictamen favorable de la Comisión Especial de Cuentas. 
Acto seguido, el Sr. Alcalde argumenta la modificación propuesta y tras exponer la conveniencia y necesidad de que, por un lado, los servicios se autofinancien, y de otro, de que se recauden más ingresos para atender las exigencias de los ciudadanos y financiar las inversiones. 
En su virtud, el Pleno de la Corporación , en votación ordinaria, y por siete votos a favor, cinco de los concejales del PSOE y dos del PSA y uno en contra, la del PP, acuerda: 
Primero. - Aprobar, provisionalmente, la modificación de las siguientes Ordenanzas Fiscales, en la forma que consta en el expediente: 
Impuestos: 
Ordenanza núm. 3.- Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. 
Artículo 6º.- Base imponible, cuota tributaria y devengo. 
3.- El tipo de gravamen será del 2,80 por 100. 
Tasas: 
- Ordenanza núm. 5.- Reguladora de la Tasa por Licencias Urbanísticas. 
Artículo 6º.- Cuota tributaria. 
a) El 0,20 por 100, en el supuesto 1 a ) del artículo anterior. 
- Ordenanza núm. 8.- Reguladora de la Tasa por el Servicio de Cementerio. 
Artículo 3º.- 
2. La cuota tributaria se determinará por aplicación de la siguiente tarifa: 
3.- Por la concesión de nichos…………………….. 420,00 euros. 
- Ordenanza núm. 9.- Reguladora de la Tasa por el Servicio de Recogida Domiciliaria de Basuras o Residuos Sólidos Urbanos.- 
Artículo 3º.- 
2. La cuota tributaria se determinará por aplicación de la siguiente tarifa: 
1.- Viviendas familiares:…………………… 16 euros, al trimestre. 
2.- Locales comerciales e industriales: …….. 24 euros, al trimestre. 
- Ordenanza núm. 10.- Reguladora de la Tasa por la prestación de los Servicios de Alcantarillado. 
Artículo 8.- 
2. La cuota tributaria por la prestación de los servicios de alcantarillado será la siguiente: 
TARIFA: 
1. Viviendas: Por alcantarillado, cada m3….. 3,50 euros, al trimestre. 2. Negocio: Por alcantarillado, cada m3….... 5,00 euros, al trimestre. 
- Ordenanza núm. 17.- Reguladora de la Tasa por el Servicio de Suministro y Acometida de Agua. 
Artículo 5º.- Cuota tributaria.- 
La cuota tributaria será la fijada en las tarifas con el apartado siguiente: 
CONCEPTO TARIFAS AUTORIZADAS IVA EXCLUIDO 
Suministros para usos domésticos 
- Cuota fija o de servicio: ……………….. 3,31 euros, al trimestre. 
- Cuota variable o de consumo: 
- Hasta 24 m3 ./trimestre: ………………………. 0,264446 €/m3. 
- Más de 24 m3 . hasta 150 m3/trimestre: ….…… 0,350390 €/m3. 
- Más de 150m3/trimestre, en adelante: …..…….. 0,595002 €/m3. 
Segundo. - Dar al expediente la tramitación y la publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia , por un plazo de TREINTA DÍAS HÁBILES, dentro de los cuales los interesados legítimos a los que hace mención el artículo 18 del TRLRHL, puedan examinarlos y plantear las soluciones que estimen oportunas. 
Tercero. - En el caso de que no se presenten reclamaciones al expediente en el plazo anteriormente indicado, se entenderá definitivamente adoptado, hasta entonces provisional, en base al artículo 17.3 del TRLRHL. 
Cuarto.- Facultar al Sr. Alcalde, tan ampliamente como en derecho se requiera, para adoptar cuantas decisiones requieran el mejor desarrollo del presente acuerdo. 
ASUNTO 4º.- BIENES. RECTIFICACIÓN INVENTARIO DE BIENES Y DERECHOS DE LA CORPORACIÓN. 
Bajo el núm. de orden 14 del Libro Inventario de Bienes y Derechos de este Ayuntamiento, se encuentra inventariada la finca denominada “Recinto municipal con fachada a la calle Lope de Vega, núm. 10” , formada por la agrupación de dos solares, con la siguiente inscripción registral: Registro de la Propiedad de Loja: Solar del Grupo Escolar y tres casas para maestros: Tomo 180, Libro 6, Folio 74, Finca 924, inscripción 2ª y solar de Escuelas Nacionales y casa vivienda para maestros: Tomo 152, Libro 5, Folio 54, Finca 765, inscripción 1ª; siendo su n aturaleza jurídica: De dominio público afectado al servicio público. 
El Plan General de Ordenación Urbanística de Villanueva Mesía, aprobado definitivamente por la Comisión provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Granada el pasado día 04 de octubre de 2.005, excluye este bien como de equipamiento docente calificándolo como urbano residencial. 
Los artículos 81. 2 a ) de Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL); 8. 4 a ) del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales; y 5 2 a ) de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, regulan la alteración de la calificación jurídica de los bienes de las Entidades Locales, señalando que ésta se produce automáticamente con “la aprobación definitiva de los planes de ordenación”, de ahí que no se necesite tramitar un expediente adicional, pues la alteración está implícita en una tramitación más amplia, la del expediente del aprobación del Planeamiento General de Ordenación Urbana, en el que se han dado cuplimiento a las exigencias de quórum y competencia previstas en los artículos 22.2 l ) y 47. 3 n) de la LRBRL , como exige el apartado ll) de este mismo precepto, y así consta. 
En su virtud, el Pleno de la Corporación , por cinco votos a favor, los de los concejales del PSOE, y tres abstenciones, las dos de los concejales del PSA y una del PP, acuerda: 
Primero .- Aprobar la rectificación del Libro Inventario de Bienes y de Derechos de la Corporación en la forma siguiente: 
• Núm. de orden: 14.- 
- Denominación del bien: Recinto municipal con fachada a la calle Lope de Vega, núm. 10, de una extensión superficial de: 1.235 m2 (construidos 769 m2 ). 
- Linderos: Por su frente, con dicha calle; entrando, por la derecha, con solar propiedad de Herederos de Manuel Fernández Carvajal; por la izquierda, con calles Lope de Vega y Pablo Picaso; por el fondo, con traseras de vivienda de María Novo Cuevas. 
- Nueva naturaleza jurídica : Patrimonial o de Propios. 
- Inscripción registral: Registro de la Propiedad de Loja: Solar del Grupo Escolar y tres casas para maestros: Tomo 180, Libro 6, Folio 74, Finca 924, inscripción 2ª y solar de Escuelas Nacionales y casa vivienda para maestros: Tomo 152, Libro 5, Folio 54, Finca 765, inscripción 1ª . 
- Otros datos: su naturaleza jurídica, en principio de dominio público, servicio público, se ha alterado automáticamente con ocasión de la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Urbanística de Villanueva Mesía, por acuerdo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Granada, de fecha 04 de octubre de 2.005.- 
Segundo.- Dar traslado de este acuerdo a Secretaría a los efectos procedentes. 
ASUNTO 5º.- BIENES: ENAJENACIÓN DEL INMUEBLE DE PROPIEDAD MUNICIPAL DE NATURALEZA “PATRIMONIAL O DE PROPIOS” SITO EN CALLE LOPE DE VEGA. NÚM. 10” .-Se da cuenta del expediente tramitado para enajenar el siguiente inmueble de propiedad municipal: 
Núm. de orden: 1 : Recinto Municipal con fachada a la calle Lope de Vega, 10 
Formado por la agrupación de dos solares que presentan las siguientes características: 
Naturaleza del inmueble: Urbano. Situación: calle Lope de Vega, núm. 10 Superficie: 1.235 m2 (construidos 769 m2 ). Linderos: Por su frente, con dicha calle; entrando, por la derecha, con solar propiedad de Herederos de Manuel Fernández Carvajal; por la izquierda, con calles Lope de Vega y Pablo Picaso; por el fondo, con traseras de vivienda de María Novo Cuevas. Naturaleza jurídica: patrimonial o de propios ( alterada automáticamente su calificación con ocasión de la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Urbanística de Villanueva Mesía, por acuerdo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Granada, de fecha 04 de octubre de 2.005): Título en virtud del cual se atribuye la propiedad a la Entidad Local : Adquirido, el solar del Grupo Escolar y tres casas para maestros, mediante escritura de compraventa a D. Enrique Rodríguez Rodríguez, otorgada en el notario D. Enrique Sanchís Sanchís, y el solar de Escuelas Nacionales y casa vivienda para maestros, por cesión de D. Enrique Rodríguez Rodríguez. Destino: ninguno. Derechos reales constituidos a su favor: ninguno. Fecha de adquisición: Se desconoce. Signatura de inscripción en el Registro de la Propiedad de Loja: Solar del Grupo Escolar y tres casas para maestros: Tomo 180, Libro 6, Folio 74, Finca 924, inscripción 2ª y solar de Escuelas Nacionales y casa vivienda para maestros: Tomo 152, Libro 5, Folio 54, Finca 765, inscripción 1ª. 
Tras justificar el Sr. Alcalde que dicha enajenación tiene como finalidad destinar los fondos obtenidos a la financiación de la obra “Pabellón Cubierto” del Programa de Inversiones del Presupuesto municipal de 2.005 y que en el expediente se acreditan todas la antecedentes legales para aprobar el expediente de contratación, concede la palabra al portavoz del PSA, Sr. Verdejo Cobos, el cual se ratifica íntegramente en lo manifestado en el pleno pasado del día 27-07-2005, asunto 7º, de esta misma literalidad, al que se remite, dándose por reproducidos sus argumentos. 
El Sr. Alcalde, igualmente, se remite a su contestación, dándose por reproducidos todos los extremos de su intervención. 
A la vista de ello y teniendo en cuenta 
Que según se desprende de dicho expediente, el bien a enajenar ostentan la naturaleza jurídica de bien patrimonial o de propios de la Corporación ; está libres de cargas y gravámenes; y está inscrita en el Registro de la Propiedad de Loja. 
Que el Arquitecto Técnico Municipal, a requerimiento de esta Alcaldía emite informe de valoración técnica del bien a enajenar que acredita de modo fehaciente su justiprecio.
Que los recursos ordinarios del vigente presupuesto general municipal para 2005 referidos a los capítulos I al V, deducidos los ingresos por contribuciones especiales, ascienden a 896.432,57 euros. 
Que es de la competencia del Pleno de la Corporación la adopción del acuerdo de enajenación a que se contrae este expediente, exigiéndose el quórum de la mayoría absoluta, de conformidad con los artº 22. 2 o) y 47. 2 m ) de la Ley 7/1.985, de 2 de Abril, dado que la enajenación, aún estando prevista en el Presupuesto, su cuantía supera el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto vigente, según el informe de tasación, y excede del 20 por 100 de los mismos. 
Visto el informe del Secretario-Interventor de la Corporación , el cual consta en el expediente, las disposiciones precedentes, así como los artículos 76, 79 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/1.986, de 18 de Abril;; 109, 112. y 118 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1.372/1.986, de 13 de Junio; 16 y 20 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía; Decreto 425/2000, de 7 de noviembre, por el que se determinan los órganos competentes de la Consejería de Gobernación en materia de tráfico jurídico de bienes de las Entidades Locales; 1, 5-1.3), 9, 67, 74, 82 y Disposición Final Primera del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; 2. 1 a ), 3 y 5 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y demás disposiciones de aplicación, así como el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. 
El Pleno de la Corporación , en votación ordinaria, por cinco votos a favor, los de los Concejales del PSOE, por dos en contra, los del PSA, y una abstención, la del PP, y, por tanto, mayoría absoluta, ACUERDA: 
Primero.- Enajenar, por procedimiento abierto y mediante subasta, el siguiente bien de titularidad municipal: 
Núm. de orden: 1 : Recinto Municipal con fachada a la calle Lope de Vega, 10 
Naturaleza del inmueble: Urbano. Situación: calle Lope de Vega, núm. 10 Superficie: 1.235 m2 (construidos 769 m2 ). 
Segundo.- Solicitar autorización previa de la Consejería de Gobernación, de conformidad con lo previsto en los artº 109 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales; 16, 1 c) segundo párrafo de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre y 1.1 del Decreto 425/2000, de 7 de noviembre. 
Tercero.- Declarar de tramitación ordinaria el expediente de contratación. 
Cuarto.- Aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que habrá de regir en esta contratación. 
Quinto .- Exponer al público dichos pliegos, previa inserción de edictos en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de anuncios durante OCHO DÍAS HÁBILES para reclamaciones, y, conjuntamente, que se publique anuncio de licitación en la forma y plazos que señala el T.R.L.C.A.P. 
Sexto.- Que los fondos que se obtengan de esta enajenación se destinen a financiar la obra denominada “Pabellón Cubierto” del programa de inversiones de este Ayuntamiento para el ejercicio de 2005 
Séptimo.- Facultar al Sr. Alcalde, tan ampliamente como en derecho se requiera, para que, en nombre y representación de este Ayuntamiento, realice cuantas gestiones sean necesarias para la efectividad de este acuerdo, otorgue la pertinente escritura pública y demás formalizaciones que se necesitasen. 
ASUNTO 6º.- BIENES: ADJUDICACIÓN DEFINITIVA ARRENDAMIENTO MATADERO MUNICIPAL.- Visto el estado procedimental en que se encuentra el expediente de contratación tramitado para adjudicar el arrendamiento del Matadero Municipal, mediante procedimiento abierto y a través de concurso público. 
RESULTANDO: Que, durante el plazo hábil abierto a tal fin, se presentaron las siguientes proposiciones: 
• D. Francisco Núñez Revelles, en representación de la sociedad a constituir. 
• Cárnicas Artesanas de Mexía, S.L.L. 
RESULTANDO: Que, por la Mesa de Contratación, se propone la adjudicación del contrato a Cárnicas Artesanas de Mexía, S.L.L. como autora de la proposición nº DOS, que resulta la más ventajosa, económica y conjunta para la Corporación. 
CONSIDERANDO: Que este Ayuntamiento Pleno es el órgano competente para esta adjudicación, de conformidad con el art. 22. 2 n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. 
Vistos los arts. 85 al 90 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, así como el Real Decreto 1.372/86, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales; Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía 
EL Pleno de la Corporación , por unanimidad de los ocho concejales presentes de los nueve que legalmente, lo componen, acuerda: 
Primero. Declarar válido el acto de licitación. 
Segundo . Adjudicar el concurso convocado para el arrendamiento del Matadero Municipal a Cárnicas Artesanas de Mexía, S.L.L, como autor de la proposición más ventajosa para la Corporación , en la cantidad de 1.321 euros/mensuales, IVA excluido. 
Tercero . Devolver las garantías provisionales a todos los licitadores excepto al adjudicatario, que deberá ser requerido para la constitución de la garantía definitiva dentro de los 15 días siguientes a la notificación del presente acuerdo. 
Cuarto . Facultar a los Sres. Presidente y Secretario, en la amplitud precisa, para la firma del oportuno contrato administrativo y/o público. 
ASUNTO 7º.- PROGRAMA DE FOMENTO DE EMPLEO AGRARIO 2005. ASIGNACIÓN EXTRAORDINARIA. SOLICITUD DE INCLUSIÓN DE OBRA.- Se da cuenta de la comunicación del Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) sobre los créditos disponibles a favor de las Corporaciones Locales, cofinanciados conjuntamente con la Consejería de Empleo, para paliar los efectos de las inclemencias meteorológicas, destinados a la formalización de Convenios contra el paro (Asignación Extraordinaria 2005), a fin de subvencionar la contratación de trabajadores desempleados y que están afectados al Programa de Fomento de Empleo Agrario. 
Vista y examinada la Memoria-Presupuesto de la obra a incluir en dicho Convenio, elaborada por la Unidad de Asistencia Técnica a Municipios de la Diputación de Granada, cuyo presupuesto total asciende a 44.724,23 euros, así como la Orden Ministerial de 26-10-1.998, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones por el INEM en el ámbito de colaboración con las Corporaciones Locales, para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social (B.O.E. nº 279, de 21-11-1.998); Resolución de 30-03-1.999, del INEM, que la desarrolla (B.O.E. nº 88, de 13-04-1.999); Orden de 4 de julio de 2.002, sobre cofinanciación de proyectos de interés social y la Orden de 21 de octubre de 2.005 de la Consejería de Empleo (B.O.J.A. nº 211, de 28-10-2.005). 
La Corporación en Pleno, por unanimidad de los ocho concejales presentes de los nueve que legalmente la componen, acuerda: 
Primero. - Aprobar el proyecto redactado por la Unidad de Asistencia Técnica a Municipios de la Diputación de Granada, así como su realización por administración directa, dado el fin de estos fondos de combatir el desempleo. La Memoria , que queda afectada al Programa de Fomento de Empleo Agrario, es la siguiente:
OBRAS
PRESUPUESTO/€
Nivelación y capa de zahorra Camino “Cortijo Enmedio”:
44.724,23 euros
Segundo.- Acogerse a los beneficios establecidos en la Orden Ministerial de fecha 26-10-1.998 y solicitar del Sr. Director Provincial del SPEE, que subvencione a fondo perdido los Costes Salariales y Cotizaciones empresariales a la Seguridad Social correspondiente a los trabajadores contratados, a saber:
OBRAS
PRESUPUESTO/€
Nivelación y capa de zahorra Camino “Cortijo Enmedio”:
21.570,50
Tercero .- Solicitar de la Dirección Provincial del SAE de la Consejería de Empleo, al amparo de la Orden de 21 de octubre de 2.005, que subvencione, a fondo perdido, el siguiente importe paras Costes Salariales y Cotizaciones empresariales a la Seguridad Social correspondiente a los trabajadores contratados, a saber:
OBRAS
PRESUPUESTO/€
Nivelación y capa de zahorra Camino “Cortijo Enmedio”:
12.942,30
Cuarto .- Solicitar de la Dirección Provincial del SAE de la Consejería de Empleo, al amparo de la Orden de 21 de octubre de 2.005, que subvencione, a fondo perdido, el 100 por 100 de los materiales a emplear en la ejecución de dichas obras, los cuales representan el 20 por 100 del proyecto y que asciende a:
OBRAS
PRESUPUESTO/€
Nivelación y capa de zahora Camino “Cortijo Enmedio”:
8.628,20
Quinto. - De conformidad con lo dispuesto en los artículos 30 y 31 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se declaran como CRÉDITOS RETENIDOS, pendientes de utilizar, los contenidos en la partida 3.611.04 del Estado de Gastos del vigente Presupuesto General Municipal, por importe de 1.583,23 euros, quedando afectados al cumplimiento de la aportación municipal a la obra de referencia. 
ASUNTO 8º.- SOLICITUD DE SUBVENCIÓN DE LA CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA.- Dada cuenta de la Orden de la Consejería de la Presidencia , de fecha 3 de octubre de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones de la Consejería. 
Vista la documentación que obra en el expediente. 
El Ayuntamiento Pleno, por unanimidad de los ocho concejales presentes de los nueve legalmente lo componen, acuerda: 
PRIMERO.- Acogerse a los beneficios de la Orden de la Consejería de la Presidencia de la Junta de Andalucía, de 3 de octubre de 2.005, aceptando en todos sus términos el contenido y las estipulaciones de la misma. 
SEGUNDO.- Aprobar la memoria descriptiva de la inversión, consistente en “sustitución de acometidas en las red de abastecimiento domiciliario de agua potable de las calles Harina, Acera, Nueva, Río y Buenavista, respectivamente”, el plazo previsto para su ejecución y el presupuesto detallado de las acciones proyectadas, el cual asciende a 7.500 euros. 
TERCERO.- Solicitar de la Consejería de la Presidencia una subvención de SEIS MIL (//6.000,00//€) EUROS, que habrá de ser invertida, íntegramente, en dicha acción. 
CUARTO.- Asumir el compromiso de financiación del presupuesto que no se subvencione, con cargo a los propios fondos municipales, y de iniciar la inversión en el presente ejercicio. 
QUINTO.- Remitir el presente acuerdo, con la documentación que se exige, a la Consejería de la Presidencia , a los efectos oportunos. 
ASUNTO 9º.- SOLICITUD DE LA CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES LA “DECLARACIÓN DE MUNICIPIO DE REHABILITACIÓN AUTONÓMICA. PROGRAMA 2006”.- Por la Presidencia se da cuenta de la existencia, en nuestra Localidad, de un considerable número de viviendas de baja calidad en cuento a procedimientos constructivos y condiciones de habitabilidad, propiedad de niveles de renta baja, que está contribuyendo a su desalojo, de las clases más modestas, tanto en el Centro urbano como en la periferia, y, por consiguiente, un deterioro del núcleo de la población de un considerable valor patrimonial. 
En el ejercicio de las competencias exclusivas que la Comunidad Autónoma Andaluza tiene en materia de Viviendas y Urbanismo, y tras la ampliación de la vigencia del III Plan Andaluz de Vivienda y Suelo, mediante el Decreto 149/2003, de 10 de junio, la Consejería de Obras Públicas y Transportes formula el Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 2.003-2.007. Dicho Plan integra, entre otros, un conjunto de medidas de apoyo, denominado, Programa de Rehabilitación Autonómica, y que tiene por objeto la protección y financiación de las actuaciones de conservación y mejora en viviendas, y sus elementos comunes, ubicadas en inmuebles cuyo destino principal sea residencia habitual y permanente y se encuentra en localización urbana o rural, en Municipios declarados de Rehabilitación. 
Posteriormente, en el BOJA núm. 188, de 30-09-2003, se publica la Orden de 15 de septiembre de 2003 de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, sobre desarrollo y tramitación de las actuaciones en materia de rehabilitación de dicho Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 2003-2007, regulando en artículo 11 la Rehabilitación Autonómica. 
En su virtud, el Pleno de la Corporación , por unanimidad de los ocho Concejales presentes de los nueve que legalmente lo componen, ACUERDA: 
Primero. - Aprobar la Memoria justificativa de la necesidad de declaración del Municipio de Villanueva Mesía de Rehabilitación Autonómica, así como las zonas de posible actuación. 
Segundo .- Solicitar de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, la designación del Municipio de Villanueva Mesía de Rehabilitación y su inclusión en el Programa de Rehabilitación Autonómica para 2006. 
Tercero. - Asumir expresamente la gestión del programa y la comprobación de las condiciones y requisitos establecidos para los beneficiarios en el artículo 66 del Decreto 149/2003, de 10 de junio. 
Cuarto .- Facultar al Sr. Alcalde o en quien legalmente le sustituya, tan ampliamente como en derecho se requiera, para que, en nombre y representación de esta Corporación, realice cuantas gestiones sean necesarias para la efectividad de este acuerdo y firme cuantos documentos ello precisase. 
ASUNTO 10º.- PETICIÓN DEL AMPA “GENIL” DEL I.E.S. “AMÉRICO CASTRO” DE HUÉTOR TÁJAR.
Examinada la petición de la Asociación de Madres y Padres de Alumnos Genil, del I.E.S. “Américo Castro”, de Huétor Tájar, el Pleno de la Corporación , por unanimidad de los ocho concejales presentes de los nueve que legalmente lo compone, acuerda: 
Primero .- Adherirse a la reivindicación del AMPA “Genil” e instar a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía que se inicien los trámites necesarios para la ampliación de las enseñanzas impartidas en el I.E.S. “Américo Castro”, de Huétor Tájar, con la implantación de Ciclos Formativos y Planes de Garantía Social que responda a las características socioeconómicas de la comarca. 
Segundo.- Dar traslado de este acuerdo a dicha Asociación y a la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, para su conocimiento y efectos. 
Tercero.- Facultar ampliamente al Sr. Alcalde para la efectividad de este acuerdo. 
ASUNTO 11º.- CONCESIÓN DE LICENCIAS URBANÍSTICAS.- Dada cuenta del expediente núm. 92/2005, incoado para la ejecución de obra nueva, para su aprobación, si procede, por este Ayuntamiento Pleno. 
Vistos los artículos 1, 8 y 9 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales; 169, 171 y 172 de la Ley 7/2.002, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) (B.O.J.A. núm. 154, de 31-12-2.002); artículo 1 del Reglamento de Disciplina Urbanística, de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto por la Disposición Transitoria Novena de la LOUA ; Decreto de delegación de atribuciones del Alcalde, cuya competencia le viene dada por los artículos 21.1 q) de la Ley 7/1.985, de 2 de abril; 24 e) del Real Decreto Legislativo 781/1.986, de 18 de abril; y 41 apartado 9 del R.O.F., aprobado por Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de noviembre; así como el artículo 42 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de lo dispuesto por las NN.SS. de Planeamiento de Villanueva Mesía y las Ordenanzas Fiscales Reguladoras sobre el Impuesto sobre Construcción, Instalaciones y Obras y concesión de Licencias Urbanísticas. 
Vistos los informes técnico y jurídico expedidos por el Arquitecto Técnico Municipal y el Secretario-Interventor de la Corporación , respectivamente, que constan en cada expediente. 
El Pleno de la Corporación , actuando con facultades delgadas, por unanimidad, ACUERDA: 
Primero.- Conceder licencia urbanística a los siguientes solicitantes, en los domicilios que a continuación se indican:
Núm.
Exp.
Nombre y Apellidos
Tipo de obra
Domicilio/
/Emplazamiento
Presupuesto
/€uros
92/2005
Fernando Ortuño Torres
Construcción de dos viviendas y local
Alonso Cano, núm. 4
105.000,00
Segundo.- Aprobar las siguientes liquidaciones provisionales del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (2,40 % sobre el presupuesto), conforme a la Ordenanza Fiscal Reguladora y de la Tasa de concesión de Licencia Urbanística (0,10 % sobre el presupuesto), que deberá ingresarse en la Tesorería Municipal en los plazos fijados por el art. 62 de la Ley 58/2003, de17 de diciembre, General Tributaria ( Las liquidaciones notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, han de pagarse desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Las liquidaciones notificadas entre los días 16 y último de cada mes, han de pagarse desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente). Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario sin haber satisfecho la deuda, se procederá al cobro por vía de apremio, con los recargos que correspondan del importe de la deuda, más los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Núm.
Exp.
Nombre y Apellidos
I.C.I.O./euros
2,40%
Tasa/euros
0,10 %
Total a ingresar/
/€uros
92/2005
Fernando Ortuño Torres
2.520,00
105,00
2.625,00
Tercero .- Notificar, en legal forma, el presente acuerdo dándole traslado de los recursos pertinentes. 
ASUNTO 12º.- RUEGOS Y PREGUNTAS. 
Po r la portavoz del PP, Srta. Rico Sánchez, se formulan las siguientes preguntas: 
1ª.- Cuántos niños de 0 a 1 años están matriculados en el CEIM Villanueva Mesía “Acuarela”, y si cabe la posibilidad de ampliar su número, en su caso. 
El Sr. Arco Sánchez, Concejal-Delegado de Servicios Sociales, le contesta que ocho, número máximo por aula, con lo que se ha conseguido que el CEIM pasa a ser centro completo. 
Que el aumento de alumnos está condicionado por la disponibilidad de espacio físico, del que ahora no tenemos. 
2ª.- Tras quejarse de que nunca le ha llegado a su domicilio las citaciones respectivas de la Mancomunidad “Ribera Baja del Genil” para poder asistir a las sesiones de los órganos en los que tiene participación, pregunta al Sr. Alcalde si puede darle una explicación. 
EL Sr.Alcalde le contesta que es un tema que a él no le compete, que debería dirigirse al Presidente de la Mancomunidad para que le aclarase lo ocurrido; no obstante, añade, que durante el período que fue Secretario de la misma, el de la Corporación , ha visto, en alguna ocasión, su citación, pero que no le puede contestar más al respecto. 
Por el portavoz del PSA, Sr. Verdejo Cobos, se formulan los siguientes ruegos: 
1ª Si puede dar una valoración de la actuación del Policía Local, a la fecha, en materia de tráfico. 
El Sr. Alcalde le contesta que todavía estamos en una fase de concienciación del conductor, al que se le está advirtiendo, mediante nota en el vehículo, de la infracción que está cometiendo, de lo que se está llevando un registro, para constatar y justificar, en caso de dos reincidencias, la incoación del correspondiente expediente sancionador. 
No obstante, añade, que mientras que el único Agente en plantilla está de servicio, los conductores suelen respetar la ordenación del tráfico, si bien, se está estudiando que el servicio se pueda prestar alguna tarde/noche e incluso en fines de semana. 
2ª.- Cuándo se pretende crear la segunda plaza de Policía Local. 
EL Sr. Alcalde le contesta que todavía no lo tiene claro el equipo de gobierno, si bien, en un principio, no se lo van a plantear hasta el próximo ejercicio económico cuando valoren los distintos proyectos de importancia que tienen previsto acometer. 
3ª.- Debido al deterioro en el asfalto de algunas calles, que se replantee, para lo que queda de legislatura, una actuación completa en aquellas calles que lo precise. 
El Sr. Alcalde le contesta que el equipo de gobierno lo tiene previsto para el presupuesto de 2006, en armonía con los informes que vienen dando tanto el servicio de obras como el Policía Local. 
4ª.- Cuándo se va a iniciar la Escuela de Taller “Cerro Colarado”. 
El Sr. Alcalde le contesta que tendrá lugar el 15 de diciembre próximo, una vez que sean seleccionados por la Comisión Mixta creada al efecto, los monitores, el/la auxiliar administrativo a jornada completa y un/a profersor/a de E.G.B a media jornada, y, por supuesto, los alumnos. 
Siendo los asuntos tratados el objeto de esta Sesión, por la Presidencia se levantó la misma a las veintiuna horas, de todo lo cual se extiende la presente acta, de lo que, como Secretario, Certifico.- 
Villanueva Mesía, 2 de noviembre de 2.005.- 

VºBº
EL ALCALDE

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