jueves, 12 de julio de 2012

Pleno de 28 de septiembre

SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN CELEBRADA EN PRIMERA CONVOCATORIA EL DÍA 28-09-2005.
En el Salón de actos del Centro de Servicios Sociales Comunitarios de Villanueva Mesía, a las veinte horas del día veintiocho de septiembre de dos mil cinco, se ha reunido el Ayuntamiento Pleno, bajo la presidencia del Sr. Alcalde, Don José Entrena Ávila, concurriendo los Sres. Concejales Doña Angelina Lourdes Ayllón Muñoz, Don Antonio José Arco Sánchez, Don Antonio Miguel Castro Maldonado, Don Juan Fuentes Gómez, Doña Ángeles Gómez Gutiérrez, Don Francisco Márquez Naranjo, Don José Antonio Verdejo Cobos y Doña Ana Isabel Rico Sánchez, asistidos por el Secretario de la Corporación, Don Rafael Martín Hoces, que da fe del acto, al objeto de celebrar sesión extraordinaria en primera convocatoria. 
Declarada abierta la sesión por el Sr. Presidente y comprobada por el Secretario la existencia del quórum de asistencia necesario para que pueda ser iniciada, se procede a conocer de los siguientes asuntos incluidos en el orden del día de la convocatoria. 
ASUNTO 1º.- LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.- Por la Presidencia se pregunta a los asistentes si tienen que formular alguna observación al acta de la sesión anterior, celebrada el día 27-07-2005, que se ha distribuido con la convocatoria de la presente. 
No formulándose ninguna, el Sr. Presidente proclama aprobada por unanimidad el acta de la sesión citada, ordenando su trascripción al Libro de Actas según lo dispuesto por el artículo 110.2 del Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el R.O.F. 
ASUNTO 2º.- COMUNICACIONES DE ESCRITOS.- Se da cuenta de los siguientes escritos de interés recibidos a la fecha: 
- Escrito del Director-Gerente de la Fundación Caja Granada, de fecha 01-08-2005, comunicando su colaboración en el equipamiento de un Parque Infantil en la localidad. 
- Resolución de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, de fecha 5 de septiembre de 2.005, se concede, a este Ayuntamiento, una subvención de 428.865,56 euros para realización de un proyecto de TALLER DE EMPLEO denominado CERRO COLORADO para un total de de 24 alumnos/as trabajadores/as participantes, distribuidos en las especiales de ALBAÑILERÍA Y CARPINTERÍA, cuyo objeto básico de actuación es "LA REHABILITACIÓN DE LA "CASETA DEL GUARDA" PARA ACONDICONARLA COMO ALBERGUE MUNICIPAL. 
-Escrito de la Agencia Provincial de Administración Tributaria de Diputación de Granada, comunicando la puesta en funcionamiento de un nuevo sistema informático de gestión recaudatoria integral, el cual tiene, entre otras, la virtualidad de permitir una gestión integral del contribuyente en los ámbitos tributario y recaudatorio, prestándole un servicio inmediato y completo evitándole molestias y desplazamientos, así como el acceso del Ayuntamiento a la Base de Datos de la propia APAT por vía telemática para consulta de datos. 
ASUNTO 3º.- PROPUESTA PARA DEJAR SIN EFECTO EL ASUNTO 7º DEL PLENO CELEBRADO EL PASADO DÍA 27-07-2005, DENOMINADO "BIENES: ENAJENACIÓN DEL INMUEBLE DE PROPIEDAD MUNICIPAL DE NATURALEZA "PATRIMONIAL O DE PROPIOS" SITO EN CALLE LOPE DE VEGA. NÚM. 10".- El pasado día 27-07-2005, el Pleno de la Corporación acordaba la enajenación, por procedimiento abierto y mediante subasta, del bien de titularidad municipal denominado "Recinto Municipal con fachada a la calle Lope de Vega, 10, de una extensión superficial de 1.235 m2 (construidos 769 m2), formado por la agrupación de las siguientes fincas registrales, según el Inventario de Bienes y Derechos de la Corporación elaborado por el Servicio de Asistencia Técnica a Municipios de la Diputación de Granada en el año 2.000: Solar del Grupo Escolar y tres casas para maestros: Tomo 180, Libro 6, Folio 74, Finca 924, inscripción 2ª y solar de Escuelas Nacionales y casa vivienda para maestros: Tomo 152, Libro 5, Folio 54, Finca 765, inscripción 1ª. 
Ante las dudas surgidas si el acuerdo plenario de fecha 24-09-1.999, relativo a la "alteración de la calificación jurídica de las tres viviendas para maestros situadas en la calle Lope de Vega, núm. 10, desafectándolas del servicio público y calificándolas como bien patrimonial o de propios", alcanza a ambas fincas registrales, por el Sr. Alcalde se propone dejarlo sin efecto a tenor de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común. 
En su virtud, el Pleno de la Corporación, por seis votos a favor, los de los concejales del PSOE y tres abstenciones, las dos del P.S.A.y una del PP, acuerda dejar sin efecto el asunto 7º del orden del día del Pleno celebrado el pasado día 27-07-2005, denominado "Bienes: enajenación del inmueble de propiedad municipal de naturaleza "patrimonial o de propios" sito en calle Lope de Vega, núm. 10.- 
ASUNTO 4º.- PROPUESTA DE ASUMIR EL COSTE DE LA APORTACIÓN FAMILIAR DERIVADA DEL SERVICIO DE ATENCIÓN SOCIOEDUTATIVA DE LOS/AS NIÑOS/AS EN EL CEIM "ACUARELA" CURSO ESCOLAR 2005/06.- 
Por el Sr. Arco Sánchez, Concejal-Delegado de Servicios Sociales, tras dar cuenta del convenio específico de colaboración suscrito entre la Fundación Andaluza de Asuntos Sociales y este Ayuntamiento para el desarrollo del programa de atención socioeductiva y prestación del servicio de ludoteca a niños/as menores de tres años en el CEIM Villanueva Mesía "Acuarela", en cuya cláusula 4ª se contempla la determinación de los precios de las plazas que cada usuario ha de abonar, asi como las bonificaciones a que tienen derecho conforme a lo establecido por la Orden de 6 de mayo de 2002, de la Consejería de Asuntos Sociales, propone al Pleno de la 
Corporación que el Ayuntamiento asuma, de fondos propios, el coste familiar de cada plaza, una vez deducida la bonificación concedida por la Junta, cuya coste medio por plaza asciende a 20 euros, aproximadamente, siendo por cuenta de los beneficiarios el coste adicional de la hora de más en el que se amplía el horario de atención del servicio. 
El portavoz del PSA, Sr. Verdejo Cobos, tras argumentar que su grupo está de acuerdo con el fondo de la propuesta pero no con la forma, al considerar que no se están aplicando criterios objetivos como la Junta, manifiesta que su grupo la va a votar favorablemente. 
El Sr. Alcalde le contesta que el criterio empleado por el equipo de gobierno, con respeto a los empleados por la Junta, es más justo, teniendo en cuenta la realidad económica que cada familia tiene con respecto a la que suele declarar documentalmente. 
Cerrado el turno de intervenciones, se somete a votación la propuesta transcrita, la cual es aprobada, íntegramente, por ocho votos a favor y una abstención, la de la Concejala del PP. 
ASUNTO 5º.- HACIENDA: APROBACIÓN CUENTA GENERAL DE PRESUPUESTOS DE 2004.- Seguidamente el Sr. Alcalde manifiesta que la Corporación debe proceder al examen de la Cuenta General de Presupuestos del ejercicio 2.004 la cual, debidamente rendida y con los documentos que la justifican, pone a disposición de la misma. 
El Pleno de la Corporación, una vez examina detenidamente la expresada Cuenta, de conformidad con el dictamen de la Comisión Especial de Cuentas, que consta en el expediente, vistos los artículos 116 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 212.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, por unanimidad de los nueve Concejales que legalmente lo componen, acuerda: 
Primero.- Aprobar la Cuenta General de Presupuestos del ejercicio 2.004, en la forma como viene rendida, según consta en el expediente de su razón, la cual ofrece el siguiente resumen: 
1.- Derechos liquidados........................................ 1.330.306,41 €. 
" Recaudación líquida a 31-12-2004......... 1.219.572,44 €. 
" Pendiente de cobro a 31-12-2004.............. 110.733,97 €. 
2.- Obligaciones liquidadas.............................................................. 1.323.616,85 €.
" Pagos líquidos a 31-12-2004 .................. 1.217.148,62 €. 
" Pendiente de pago a 31-12-2004............... 106.468,23 €. 
3.- Gastos financiados con R.L.T.:......................... 474.721,52 €. 
SUPERÁVIT O DÉFICIT DEFINITIVO.............. 481.411,08 €. 
Segundo.- Remitir este acuerdo y la documentación de que se componen la Cuenta General del ejercicio 2.004, de conformidad con los artículos 212.5 y 223.2 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, a la Cámara de Cuentas de Andalucía. 
ASUNTO 6º.- HACIENDA: EXPEDIENTE NÚM. 1/05 DE MODIFICACIONES DE CRÉDITOS AL PRESUPUESTO VIGENTE.- Se da cuenta del expediente nº 01/05, de modificación de créditos dentro del vigente Presupuesto General Municipal, al que se une informe del Secretario-Interventor, el cual presenta el siguiente resumen: 
A) CONCESIÓN DE CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS CON CARGO A NUEVOS Y MAYORES INGRESOS: 
1) ESTADO DE GASTOS: 
APLICACIÓN CONCEPTO IMPORTE/€ 
4.622.05 Construcción de nichos: ………………........ 25.000,00 
3.625.07 Equipamiento Centro Información Juventud:… 700,00 
Suma:................................................................. 25.700,00 
Para hacer frente a dichas obligaciones, y de conformidad con lo previsto en el artículo 177.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (T.R.L.R.H.L), y 36.1 b) del Real Decreto 500/1.990, de 20 de abril, puede acudirse a la siguiente formula: 
2) ESTADO DE INGRESOS: 
APLICACIÓN CONCEPTO IMPORTE/€ 
455.00 J.de Andalucía: Nivelación Servicios Mpales. 14.200,00 
755.01 Transf. capital: Subv. Mejora Infrest. Junta: . 11.000,00 
755.03 Transf. capital: Instituto Andaluz Juventud:…..... 500,00 
Suma:............................................. 25.700,00 
B) SUPLEMENTOS DE CRÉDITOS CON CARGO A MAYORES INGRESOS: 
1) ESTADO DE GASTOS: 
APLICACIÓN CONCEPTO IMPORTE/€ 
3.160.01 Seguridad Social Personal Laboral:.............. 13.000,00 
3.461.00 Aportación Plan Serv. Sociales Comunit…....10.600,00 
3.461.01 Aportación Programa Teleasistencia: ….…... 1.400,00 
Suma:............................................. 25.000,00 
Para hacer frente a dichas obligaciones, y de conformidad con lo previsto en el artículo 177.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto 
refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (T.R.L.R.H.L), y 36.1 b) del Real Decreto 500/1.990, de 20 de abril, puede acudirse a la siguiente formula: 
2) ESTADO DE INGRESOS: 
APLICACIÓN CONCEPTO IMPORTE/€ 
282 Impuesto indirectos: ……………………………. 4.200,00 
455.00 J. de Andalucía: Nivelación Serv. Mpales.... 20.800,00 
Suma:............................................. 25.000,00 
CONSIDERANDO: Que según dispone el artículo 36 del Real Decreto 500/90, de 20 de abril, los créditos extraordinarios y los suplementos de créditos se podrán financiar: 1. b) Con nuevos o mayores ingresos efectivamente recaudados sobre los totales previstos en algún concepto del Presupuesto corriente. 
CONSIDERANDO: Que los nuevos ingresos recaudados han quedado suficientemente acreditados (artículo 37.2 c) del Real Decreto 500/90, de 20 de abril). 
CONSIDERANDO: Que la modificación de créditos al presupuesto para 2.005 cumple con los criterios de estabilidad presupuestaria, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 de la Ley 18/2.001, de 12 de diciembre, General de Estabilidad Presupuestaria (BOE núm. 298, de13 diciembre de 2.001) y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 08-03-2.002, por el que se aprueba el objetivo de estabilidad para las corporaciones locales del trienio 2.003/2.005 fijándolo en 0, pues la suma de los ingresos no financieros distribuidos en los capítulos 1 a 7 del estado de ingresos es superior a la suma de gastos no financieros distribuidos en los capítulos 1 a 7 del estado de gastos). 
CONSIDERANDO: Que en la tramitación del expediente se ha efectuado con estricta sujeción a las disposiciones vigentes, y los informes formulados son favorables. 
Vistos los artículos 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; 36, 37 y 38 del Real Decreto 500/1.990, de 20 de abril, y demás normas de aplicación. 
El Ayuntamiento Pleno, presentes los nueve miembros que legalmente lo componen, por unanimidad, ACUERDA: 
Primero.- Aprobar inicialmente el expediente núm. 01/05 de Modificación de Créditos dentro del vigente Presupuesto General Municipal, por un importe de 50.700,00 euros. 
Segundo.- Que se exponga este acuerdo al público, por un plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, para que, dentro del mismo, los interesados a los que hace referencia el artículo 170 del citado texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, puedan examinarlo y presentar las reclamaciones 
oportunas. Si transcurriese el citado plazo sin que se presentasen reclamaciones, se entenderá aprobado definitivamente; en caso contrario, requerirá acuerdo expreso de este Pleno resolviéndolas en el plazo de un mes. No obstante, para la efectividad del expediente se requerirá la publicación a que hace referencia los artículos 70.2 y 112.3 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril; y 169 apartado 3 y 5 en relación con el 177.2 T.R.L.R.H.L. 
Tercero.- Facultar ampliamente al Sr. Alcalde para que continúe el expediente hasta su total conclusión. 
ASUNTO 7º.- HACIENDA: EXPEDIENTE DE RECTIFICACIÓN DE SALDOS.- La Empresa Provincial de Vivienda, Suelo y Equipamiento de Granada, S.A. (VISOGSA), con C.I.F. núm. A-18023705, ha gestionado en nuestro municipio una promoción de 20 V.P.O. de Régimen Especial en Arrendamiento, con el núm. de expediente 18.10041/95, conforme al Real Decreto 2190/1995, financiada mediante un préstamo hipotecario concedido al Ayuntamiento por el Instituto de Crédito Oficial (ICO), por importe de 548.573,45 euros. 
Para la contabilización de dicha actuación se abrieron los ordinales de tesorería núm. 206, el cual tiene un saldo acreedor en el acta de arquero de 31-08-2005 a favor del Ayuntamiento de 61.273,66 euros y el núm. 208, con saldo acreedor, a la misma fecha, a favor de VISOGSA de 43.379,67 euros. 
Teniendo en cuenta que dichas cuentas llevan más de siete años sin tener movimientos y que el Departamento Económico y Financiero de VISOGSA certifica, con fecha 8 de septiembre de 2.005, que la situación económica-financiera relativa a la mencionada promoción entre el Ayuntamiento de Villanueva Mesía se encuentra en la actualidad saldada. 
El Pleno de la Corporación, a la vista de los antecedentes obrantes en el expediente, por unanimidad de los nueve Concejales que legalmente lo componen, ACUERDA: 
Primero.- Aprobar la propuesta de rectificación de saldos de los ordinales 206 y 208, acordando su baja en contabilidad. 
Segundo.- Notificar este acuerdo a Intervención y Tesorería a los efectos procedentes. 
ASUNTO 8º.- PROPUESTA DE INCLUSIÓN DE OBRAS EN LOS PLANES Y PROGRAMAS DE COOPERACIÓN ECONÓMICA LOCAL DE 2.006 Y 2.007.- Conforme a lo dispuesto por el Real Decreto 835/03, de 27 de junio; y los artículos 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; y 32 y 33 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, los Planes Provinciales de Cooperación a las Obras y Servicios de competencia municipal deberán aprobarse, inicialmente, por la Excma. Diputación Provincial de Granada, previa información pública e informe de la Comisión Provincial de Colaboración del Estado con las Corporaciones Locales y el Consejo Andaluz de Provincias. 
Siendo pues necesario que en el expediente que incoe dicha Corporación Provincial, consten las obras o servicios de competencia municipal que este Ayuntamiento decida realizar el próximo año 2.006 y 2.007, por el Sr. Alcalde se propone la inclusión de una "5ª y 6ª fase del Pabellón cubierto" con el fin de poder dar cumplimiento al convenio de colaboración suscrito con la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte y al calendario de obras aprobado. 
El portavoz del PSA, Sr. Verdejo Cobos, manifiesta su disconformidad con la propuesta porque, por un lado, considera que ya se han incluido varias fases en Planes Provinciales y así recuerda el haberlo expuesto en anteriores plenos, y, por otro, porque deberían incluirse obras más prioritarias para el municipio, como saneamiento o abastecimiento. 
El Sr. Alcalde le contesta que, a la fecha, solamente se ha incluido una única fase en los Planes Provinciales, concretamente, los de 2005, y que la prioridad de incluir obras de saneamiento o abastecimiento es cuestión de criterios. Añade que, en principio, no urge invertir en saneamiento o abastecimiento como lo demuestra la respuesta dada por aquella tras las últimas lluvias caídas y el estudio de fugas de agua en ésta. No obstante, añade, su compromiso político de invertir en estos servicios antes de que concluya la legislatura, si bien, con fondos del PFEA por ser más adecuados para este tipo de inversiones. 
En su virtud, el Pleno de la Corporación, al amparo del Real Decreto de referencia y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1.985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y las Normas e Instrucciones aprobadas por la Diputación Provincial para la elaboración, tramitación y ejecución de estos Planes, en votación ordinaria, por seis votos a favor, los de los concejales del PSOE y tres abstenciones, dos de los concejales del PSA y una del PP, ACUERDA: 
Primero.- Proponer a la Excma. Diputación Provincial que se incluya, en el Plan Provincial de Cooperación a Obras y Servicios para el año 2006, la siguiente obra: 
"5ª fase pabellón cubierto ". 
Núcleo de actuación: Villanueva Mesía. 
Segundo.- Proponer a la Excma. Diputación Provincial que se incluya, en el Plan Provincial de Cooperación a Obras y Servicios para el año 2007, la siguiente obra: 
"6ª fase pabellón cubierto". 
Núcleo de actuación: Villanueva Mesía. 
Tercero.- Que los correspondientes Proyectos Técnicos se redacten por Técnicos de la Diputación, con un presupuesto a ejecutar mediante contrata. 
Cuarto.- Que los terrenos sobre los que va a efectuarse la obra, se encuentran libres de cargas y gravámenes y de total disposición del Ayuntamiento, comprometiéndose al pago de los daños y perjuicios derivados de la demora de ejecución, paralización o inejecución de la misma, en el supuesto de la no disposición por cualquier tipo de gravamen o carga. 
Quinto.- Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 24 de las Normas aprobadas por esa Corporación Provincial para la Gestión de la Cooperación Económica, se deleguen, a este Ayuntamiento, las facultades para la adjudicación y contratación de dicha obra. 
Sexto.- Comprometer el gasto de la aportación municipal, con cargo a los presupuestos correspondientes. 
Séptimo.- Así mismo se hace constar que las obras propuestas constituyen fase de continuación de otras incluidas en Planes anteriores. 
ASUNTO 9º.- SOLICITUD PRÓRROGA OBRA "RESTAURACIÓN DEL PÓSITO DE VILLANUEVA MESÍA PARA LA CREACIÓN DE UN ESPACIO MONOGRÁFICO DE SÍNTESIS: ENCRUCIJADA DE CAMINOS".- El pasado día 15 de julio de 2004, este Ayuntamiento suscribía un contrato con el Grupo de Desarrollo del Poniente Granadino, para financiar el proyecto denominado "Restauración del Pósito de Villanueva Mesía para la creación de un espacio monográfico de síntesis: encrucijada de caminos", con cargo al Programa Regional "Leader Plus" de Andalucía. 
Según la cláusula tercera del mismo, la ejecución de la inversión debe finalizar en el plazo de dieciocho meses desde la formalización del contrato, esto es, el próximo 15 de enero de 2006. 
A pesar del buen ritmo de ejecución de las obras proyectadas, la dirección técnica ha informado de la aparición de ciertas complejidades técnicas surgidas en el interior del edificio, que van a impedir que éstas finalicen dentro de plazo, aconsejando una ampliación del mismo hasta el 30 de junio de 2.006. 
Teniendo en cuenta que la cláusula segunda exige autorización del Grupo para modificar las condiciones convenidas. 
El Pleno de la Corporación, por unanimidad de los nueve concejales que legalmente lo componen, acuerda: 
Primero.- Solicitar del Grupo de Desarrollo del Poniente Granadino, una ampliación de plazo de ejecución del proyecto denominado "Restauración del Pósito de Villanueva Mesía para la creación de un espacio monográfico de síntesis: encrucijada de caminos", hasta el día 30 de junio de 2.006. 
Segundo.- Dar traslado de este acuerdo al Grupo de Desarrollo del Poniente Granadino a los efectos procedentes. 
ASUNTO 10º.- CREACIÓN DEL REGISTRO MUNICIPAL DE INSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO, CONVENIOS URBANÍSTICOS Y DE LOS BIENES Y ESPACIOS CATALOGADOS.- La Ley 7/2002, de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía, establece como uno de sus principales objetivos, ofrecer una regulación que garantice la participación la pública, publicidad y concurrencia en todos los procesos urbanísticos, en el entendimiento de que con ello se asegura la transparencia de los mismos. Por ello, en la citada Ley, se incrementan los mecanismos que favorecen que los instrumentos de planeamiento y demás figuras de la ordenación urbanística estén disponibles y sean inteligibles para los ciudadanos, y que éstos tengan la oportunidad y un amplio margen de participación para involucrarse en la toma de decisiones de carácter público que atañen a la planificación y la gestión urbanística. 
En concreto, con la finalidad de asegurar la debida publicidad de los instrumentos de planeamiento, de los convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, la citada Ley impone tanto a los ayuntamientos como a la Consejería competente en materia de urbanismo la obligación de llevar un registro donde se depositen estos instrumentos, y con ello se favorezca su pública consulta por parte de cualquier ciudadano. A través de estos registros se instrumenta la disponibilidad de la información urbanística de forma organizada y accesible. 
La Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía establece como un requisito previo e indispensable a la propia publicación del plan o de los convenios urbanísticos, que los instrumentos de planeamiento y los convenios urbanísticos sean depositados en los respectivos registros. En consecuencia, se refuerza hasta tal punto la publicidad de estos instrumentos que el depósito en el correspondiente registro se constituye como un paso más en el propio proceso de tramitación. 
El Decreto 2/2004, de 7 de enero, tiene por objeto crear el Registro Autonómico y disponer que todos los Ayuntamientos han de constituir igualmente sus respectivos registros con idéntica finalidad, así como regular el procedimiento del depósito y archivo de los instrumentos de planeamiento y demás elementos de la ordenación urbanística que deben constar en los correspondientes registros, incluidos los convenios urbanísticos y los bienes y espacios catalogados, y la organización de la información que allí se contenga. 
En el marco de lo dispuesto en la mencionada Ley se hace necesaria, igualmente, la regulación del régimen de la consulta de los instrumentos de planeamiento, de los convenios urbanísticos y de los espacios y bienes catalogados por parte de cualquier ciudadano Interesado, así como del régimen que faculte para el acceso a estos documentos y para la expedición de copias de los mismos. 
En su virtud, el Pleno de la Corporación, por unanimidad de los nueve Concejales que legalmente lo componen, ACUERDA: 
Primero.- Crear el Registro Administrativo Municipal de los instrumentos de planeamiento, de los convenios urbanísticos y de !os bienes y espacios catalogados, en la forma que consta en el expediente. 
Segundo.- El Registro será autorizado por el Secretario de la Corporación. 
ASUNTO 11º.- CALENDARIO LABORAL 2006: ELECCIÓN DE DOS FIESTAS LOCALES.- En relación con lo establecido por el Decreto 173/2005, de 19 de julio, por el que se determina el Calendario de Fiestas Laborales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2.006, y al amparo del artículo 46 del Real Decreto 2.001/1.993, de 28 de julio, sobre Regulación de la Jornada de Trabajo, Jornadas Especiales y Descanso, por el que se faculta a cada Municipio para proponer HASTA DOS DÍAS de cada año natural con carácter de Fiestas Locales, vista la Orden de 11 de octubre de 1.993 de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía, el Ayuntamiento Pleno, tras deliberación, en votación ordinaria y por unanimidad de los nueve concejales que legalmente lo compone, ACUERDA: 
Primero.- Proponer para el año 2.006, los siguientes días de FIESTAS LOCALES: 
- Día 25-04-2.006, martes: Festividad de San Marcos. 
- Día 23-10-2.006, lunes: Festividad Real de Ganado. 
- Ámbito territorial al que afecta: Villanueva Mesía 
Segundo.- Dar traslado de este acuerdo a la Consejería de Empleo, para su autorización e inclusión en el Calendario General de Fiestas Locales, y su posterior publicación en el B.O.J.A. 
Tercero.- Facultar ampliamente al Sr. Alcalde, para la efectividad de este acuerdo. 
ASUNTO 12º.- CONCESIÓN DE LICENCIAS URBANÍSTICAS.- Dada cuenta de los expedientes núm. 80/2005 y 84/2005, incoados para la ejecución de obras de reforma o ampliación, conservación y de obra nueva, para su aprobación, si procede, por este Ayuntamiento Pleno. 
Vistos los artículos 1, 8 y 9 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales; 169, 171 y 172 de la Ley 7/2.002, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) (B.O.J.A. núm. 154, de 31-12-2.002); artículo 1 del Reglamento de Disciplina Urbanística, de aplicación supletoria conforme a lo dispuesto por la Disposición Transitoria Novena de la LOUA; Decreto de delegación de atribuciones del Alcalde, cuya competencia le viene dada por los artículos 21.1 q) de la Ley 7/1.985, de 2 de abril; 24 e) del Real Decreto Legislativo 781/1.986, de 18 de abril; y 41 apartado 9 del R.O.F., aprobado por Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de noviembre; así como el artículo 42 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de lo dispuesto por las NN.SS. de Planeamiento de Villanueva Mesía y las Ordenanzas Fiscales Reguladoras sobre el Impuesto sobre Construcción, Instalaciones y Obras y concesión de Licencias Urbanísticas. 
Vistos los informes técnico y jurídico expedidos por el Arquitecto Técnico Municipal y el Secretario-Interventor de la Corporación, respectivamente, que constan en cada expediente. 
El Pleno de la Corporación, actuando con facultades delgadas, por unanimidad, ACUERDA: 
Primero.- Conceder licencia urbanística a los siguientes solicitantes, en los domicilios que a continuación se indican: 
Núm. Exp. 
80/2005 Mª Luisa Cortés Fernández Rehabilitación de vivienda C/ Río, núm. 12........... 8.335,86 
84/2005 Avilanet Telecomunicaciones, SLU. Edificio de 6 viviendas, 2 locales y sótano C/ Veintiocho de Febrero, s/n ........... 307.000,00 
Sujetas a las condiciones que se indican en el informe técnico. 
Segundo.- Aprobar las siguientes liquidaciones provisionales del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (2,40 % sobre el presupuesto), conforme a la Ordenanza Fiscal Reguladora y de la Tasa de concesión de Licencia Urbanística (0,10 % sobre el presupuesto), que deberá ingresarse en la Tesorería Municipal en los plazos fijados por el art. 62 de la Ley 58/2003, de17 de diciembre, General Tributaria (Las liquidaciones notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, han de pagarse desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente. Las liquidaciones notificadas entre los días 16 y último de cada mes, han de pagarse desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente). Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario sin haber satisfecho la deuda, se procederá al cobro por vía de apremio, con los recargos que correspondan del importe de la deuda, más los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Núm.
Exp. 
Nombre y Apellidos
I.C.I.O./euros
2,40% 
Tasa/euros
0,10 % 
Total a ingresar/
/€uros
80/2005
Mª Luisa Cortés Fernández
200,06
8,34
208,04
84/2005
Avilanet Telecomunicaciones, SLU.
7.368,00
307,00
7.675,00
Tercero.- Notificar, en legal forma, el presente acuerdo dándole traslado de los recursos pertinentes.
ASUNTO 13º.- PROPUESTA DE ADHESIÓN AL ACUERDO ADOPTADO EL PASADO DÍA 23 DE JUNIO DE 2.005 POR LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL PONIENTE GRANADINO, SOBRE "LA CARTA GENERAL DE LA MARCA DE CALIDAD TERRITORIAL DEL PONIENTE GRANADINO".- La Junta Directiva de la Asociación para el Desarrollo Sostenible del Poniente Granadino, en sesión celebrada el pasado día 23 de junio de 2.005, aprueba La Carta General de Calidad Territorial del "Poniente Granadino", cuya área geográfica de aplicación afecta, entre otras, a la localidad de Villanueva Mesía. 
A la vista de lo acordado, el Pleno de la Corporación, por unanimidad de los nueve concejales que legalmente lo componen, le presta su aprobación a su punto 7º, del siguiente tenor literal: 
"Bajo el concepto "marca de calidad territorial" se pretenden implantar unos criterios de excelencia capaces de afectar a todos los ámbitos de la vida local: desde lo público a lo privado, desde lo productivo a la prestación de servicios, desde lo más puntual hasta las consideraciones más generales, Desde este punto de vista, el municipio se configura como la unidad territorial básica del Poniente Granadino, adquiriendo en él especial significado sus áreas de población concentrada: sus pueblos o localidades. 
Como norma general, y pendiente de la redacción y aprobación de las correspondientes "cartas específicas" a que hubiere lugar, el término "Pueblo del Poniente Granadino" designa a las localidades que responden a las siguientes condiciones básicas: 
" Disponer de un Plan General de Ordenación Urbana y usos del término municipal que contenga de forma concreta algunos extremos como: 
- Medidas especiales de protección de cascos históricos si los hubiera. 
- Existencia de medidas de protección del patrimonio histórico artístico, etnográfico y de los espacios protegidos, contemplando el inventario y puesta en valor de los mismos. 
- Medidas concretas en los acabados exteriores y uso de materiales tradicionales. 
- Ordenanzas municipales de medioambiente que regulen además el uso de energías renovables. 
- Establecer medidas de control de contaminación acústica. 
- Control de las actividades industriales. 
- Soterramiento de tendidos eléctricos, y cableado telefónico y ocultamiento de antenas de TV. 
" Respetar el ciclo completo del agua: abastecimiento, control de pérdidas, medidas de ahorro, depuración y medidas de reutilización. Con especial atención a la vigilancia de la contaminación en los cauces públicos. 
" Estar implantada la Agenda Local 21 del medio ambiente y de la cultura. 
" Existencia de planes de educación ambiental ciudadana y órganos de participación. 
" Incentivar la agricultura ecológica. 
" Vigilancia ambiental de los vertederos controlados existentes. 
" Debe existir recogida selectiva de residuos, así como algún sistema de reciclaje de los mismos. 
" Los contenedores de basuras deben estar soterrados o disponer, al menos, de sistemas de ocultamiento. 
" Restauración de áreas degradadas como por ejemplo puesta en valor de canteras y graveras abandonadas. 
" Existencia de instalaciones energéticas públicas que supongan medidas de ahorro y eliminación de contaminación lumínica. 
" Creación de vías verdes, itinerarios paisajísticos y de vías pecuarias. 
" Disponer de un estacionamiento fuera de la aglomeración urbana para los vehículos de los visitantes, en el caso de contar con cascos históricos urbanos. 
" Iluminar en la noche los elementos sobresalientes del patrimonio del municipio y sus edificios singulares, si los hubiera. 
" Mantenimiento de la limpieza en todo el ámbito de la población y los accesos tanto de carretera como de caminos rurales, dotada de papeleras suficientes, así como de contenedores de basura selectiva de vidrio, papel plástico y residuos orgánicos. 
" Disponer, al menos, de un lugar de restauración y un lugar de alojamiento con el reconocimiento de la marca "Poniente Granadino", en la misma población o en un radio de 10 kms. 
" Disponer de la existencia de al menos un punto de venta donde se oferten las producciones locales y comarcales de calidad certificadas con la marca "Poniente Granadino". 
Desarrollar con periodicidad regular iniciativas relacionadas con la creación artística, así como con la recuperación de los valores tradicionales de la cultura local. 
Disponer de un espacio de lectura pública permanente, así como de una sala expositiva para iniciativas de difusión cultural. Se valorará la presencia de puntos públicos de acceso a la información global: internet. 
Utilizar la señalización del territorio y establecer normas que regulen el uso de la publicidad y los anuncios comerciales en la localidad. 
Existencia de servicios de guía a los lugares de interés patrimonial y natural, si quiera con carácter temporal o previa concertación. 
Editar algún tipo de folleto o guía de la población y su término. 
Existencia de planes municipales de acción positiva de igualdad de oportunidades. 
Habilitar medidas de intermediación, cultura y acogida para población inmigrantes y minorías étnicas, siempre y cuando exista un colectivo significativo en la población. 
ASUNTO 14º.- RUEGOS Y PREGUNTAS.- Por el portavoz del PSA, Sr. Verdejo Cobos, se formulan los siguientes ruegos: 
1º.- Que se eliminen o reubiquen los dos contendores del puente, en el apeadero viejo. 
El Sr. Fuentes Gómez, concejal-delegado de Medio Ambiente, le contesta que se van a reubicar en el lado opuesto, unos veinte metros más adelante. 
2º.- Que, ante las próximas fiestas, se reubique el quiosco que se instala en la intersección de la calle 28 de febrero con la avda. Andalucía, por quitar visibilidad a la circulación. 
EL Sr. Alcalde le contesta que se intentará desplazarlo algo para mejorala o se le buscará nuevo emplazamiento. 
3º.- Que se congratula por las papeleras colocadas en la vía pública, si bien ve carencias en algunas zonas y excesos en otras. 
El Sr. Fuentes Gómez, concejal-delegado de Medio Ambiente, le contesta que se han tenido que colocar cerca de los comercios porque se corresponde con una subvención de urbanismo comercial, si bien, las que se han quitado, se colocarán en aquello sitios que lo precise. 
4º.- Porqué no se subasta el bar de la caseta municipal. 
El Sr. Alcalde le contesta que se incluye en el mismo paquete con las actuaciones musicales cuando éstas se subastan de un año para otro, y, posteriormente, es el adjudicatario quien la subcontrata. 
5º.- Que se revisen las bocas de riego con fugas en las calles Harina y Río y en la Plaza del Cine. 
El Sr. Alcalde le contesta que se comprobará si se trata de una avería o alguien las abre, y se solucionará. 
6º.- Que se comunique a Diputación los puntos de la carretera de su competencia que se inundan cuando llueve para que se le dé solución. 
El Sr. Alcalde toma nota de ello. 
7º.- Que se limpien las alcantarillas antes de que lleguen las lluvias. 
El Sr. Alcalde toma nota de ello. 
8º.- Que dado que Ana Isabel Rico ha cumplido su mandato en la Mancomunidad "Ribera Baja del Genil", que se nombre al representante de su grupo, conforme a lo acordado. 
El Sr. Alcalde toma nota de ello. 
Y siendo los asuntos tratados el objeto de esta Sesión, por la Presidencia se levantó la misma a las veintiuna horas y treinta minutos, de todo lo cual se extiende la presente acta, de lo que, como Secretario, Certifico.- 

Villanueva Mesía, 30 de septiembre de 2005.-

VºBº
EL ALCALDE

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